REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA,
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Socopó, 20 de Abril de 2017.
206° y 158º
Visto el anterior escrito contentivo de NULIDADA DE CONTRATO DE COMPRA VENTA, presentado por el ciudadano: GERLYN JESUS HERNANDEZ PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.953.273, con domicilio procesal en la población de Socopo Municipio Antonio José de Sucre del estado Barinas, asistido por los Abogados en ejercicio VICTORIANO RODRIGUEZ MENDEZ y JHON WILMER CONTRERAS ROSALES, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 21.916 y 44.282, acción intentada en contra de los ciudadanos: FÉLIX GERARDO BUSTAMANTE ZAMBRANO y ELIBERTO RIVERA LEÓN venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nros V-13.212.030 y V- 22.688.760. con domicilio procesal en la carrera 5 esquina de la calle 11 del barrio Pueblo Nuevo, Socopo Municipio Antonio José de Sucre del estado Barinas, Este Tribunal ADMITE a sustanciación, cuanto lugar en derecho se refiere, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley la presente acción, en consecuencia, se ordena citar a los ciudadanos FÉLIX GERARDO BUSTAMANTE ZAMBRANO y ELIBERTO RIVERA LEÓN antes identificados, para que comparezcan por ante este Juzgado Agrario dentro de los cinco (5) días de despacho, siguientes a la constancia que repose en autos de su citación, de conformidad con el artículo 200 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, dentro de las horas de despacho comprendidas de ocho y media de la mañana (8:30 a.m.) a tres y treinta de la tarde (3:30 p.m.) a los fines que proceda a dar contestación a la demanda incoada en su contra. Líbrese Boleta de citación, una vez la parte actora suministre los emolumentos necesarios para la realización de los fotostatos correspondientes. y entréguense al Alguacil de este despacho encargado de practicarla.
El Juez,
Abg. ORLANDO JOSE CONTRERAS LOPEZ
EL SECRETARIO,
Abg. FERNANDO DIAZ