REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Socopó, 20 de Abril de 2017
206º y 158º
Visto el escrito de solicitud de Medida Cautelar de Protección Agroalimentaria, presentada el 04/04/2017 por el ciudadano LUIS ENRIQUE RIVERA DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.831.418, asistido por el abogado en ejercicio YIME CALDERON PEÑARANDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No, 111.891, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, ADMITE la solicitud de Medida de Protección agroalimentaria, y a los fines de constatar los hechos y afirmaciones en que se fundamenta la presente solicitud, estima necesario la realización de inspección judicial en el predio denominado “AGROPECUARIA LA PROSPERIDA”, ubicada en el sector Puente Hierro Unidad I, de Socopó Municipio Antonio José de Sucre del estado Barinas, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con mejoras de Ramiro Cáceres y mejoras de Rosa Angélica Rivera; SUR: Con mejoras de Lina Rosa Pérez Araque; ESTE: con la vía de penetración; y OESTE: con mejoras de José Leonardo García y con mejoras de Orlando Guerrero y Coordenadas U.T.M E-317636N-8924775, la cual se fija para el día viernes doce (12) de Mayo del año dos mil diecisiete (12/05/2017), a las ocho y treinta minutos de la mañana, (08:30a.m). Por último, se acuerda oficiar a la Dirección Administrativa Regional Barinas, a los fines de que facilite un vehículo con su respectivo chofer para el traslado del Tribunal, al Ingeniero José Domingo Duque a los fines de que funja como práctico en la práctica de la Inspección Judicial, y a la Sub. Inspectoría del llano del Municipio Antonio José de Sucre del Estado Barinas, en el sentido de asignarnos (01) Fiscal adscrito a dicha institución, a los fines de acompañar a éste Juzgado en su traslado y constitución. Líbrense oficios. Diarícese. Cúmplase
EL JUEZ,
ABG. ORLANDO CONTRERAS.
EL SECRETARIO,
Abg. LUÍS FERNANDO DÍAZ.