REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Barinas
Barinas, veintisiete de abril de dos mil diecisiete
207º y 158º

ASUNTO : EH41-V-2016-000298
DEMANDANTE: INDIRA MARGOT CLAVIJO VALERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V.- 11.396.014, asistida por los abogados en ejercicio: LUIS CLAVIJO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 142. 512 Y FREDDY JOSE MEJIA CACERES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 134.158.
DEMANDADO: ANDRES EMILIO MICELI MAGGIORANI, venezolano, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 88.548, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad C.I V- 12.199.536, asistido por el abogado en ejercicio: ANDRES ALBARRAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 88.542.
NIÑOS, NIÑAS Y/O ADOLESCENTES: (SE OMITE DE ACUERDO A Lo establecido en el ARTICULO 65 LOPNNA).

MOTIVO: DIVORCIO CONTENCIOSO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA


Examinadas las actas procesales que conforman el presente expediente y en especial la decisión tomada por la parte actora, según consta en acta suscrita en fecha 20 de abril del año 2017, ciudadana: INDIRA MARGOT CLAVIJO VALERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V.- 11.396.014, asistida por los abogados en ejercicio: LUIS CLAVIJO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 142. Y FREDDY JOSE MEJIA CACERES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 134.158, quien manifiesta su deseo de desistir del presente procedimiento de divorcio contra su legítimo esposo: ANDRES EMILIO MICELI MAGGIORANI, venezolano, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 88.548, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad C.I V- 12.199.536, esta manifestación la hace a través de su defensa técnica abogado LUIS CLAVIJO GAMEZ: y expone: En nombre de mi representada ciudadana: INDIRA MARGOT CLAVIJO VALERO, ya identificada, aquí presente, desisto del presente procedimiento DE DIVORCIO CONTENCIOSO y solicito muy respetuosamente a este Tribunal sea homologado el desistimiento planteado y la devolución de originales contentivos en la presente causa signada con el numero EH41-V-2016-000298 y que se suspendan las medidas preventivas acordadas por este Tribunal en la presente causa. Este Tribunal visto lo manifestado por el abogado asistente de la parte accionante y estando la accionante presente, HOMOLOGA el desistimiento planteado, acuerda la devolución de los originales y el levantamiento de las medidas preventivas dictadas por este Tribunal en el presente procedimiento. Líbrense los oficios y notificaciones correspondientes. Es todo. Y es por lo que ese TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara DESISTIDO el referido PROCESO DE DIVORCIO INTENTADO POR LA CIUDADANA INDIRA MARGOT CLAVIJO VALERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V.- 11.396.014, asistida por los abogados en ejercicio: LUIS CLAVIJO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 142. Y FREDDY JOSE MEJIA CACERES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 134.158, contra su legítimo cónyuge: ANDRES EMILIO MICELI MAGGIORANI, venezolano, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 88.548, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad C.I V- 12.199.536, de conformidad con lo previsto en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el cual tiene efecto de sentencia firme ejecutoriada, poniendo fin al presente proceso. Se acuerda la devolución de los documentos originales que cursan en autos y el levantamiento de las medidas preventivas dictadas por este Tribunal en el presente procedimiento. Líbrense los oficios y notificaciones correspondientes. Dada, firmada y sellada en el Despacho Judicial a cargo de la Jueza del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los veintisiete (27) días del mes de Abril del año 2017. Años: 207º de la Independencia y 158º de la Federación.


Abg. Elena Mora de Ojeda
Jueza Quinta de Primera Instancia de
Mediación, Sustanciación y Ejecución

Secretario
Abg. Luis Sánchez