REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Barinas
Barinas, nueve de agosto de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO : EP41-J-2017-000619
SOLICITANTES: JUAN CARLOS FRANCO BRIZUELA y NURIS ROSEIDA RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, C.I Nº V-13.946.731 y V-15.329.021 respectivamente.
NIÑOS Y/O ADOLESCENTE:
MOTIVO: Divorcio 185-A
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Vista la anterior solicitud de fecha 26/07/2017, suscrita por los ciudadanos JUAN CARLOS FRANCO BRIZUELA y NURIS ROSEIDA RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, C.I Nº V-13.946.731 y V-15.329.021 respectivamente, padres de los adolescentes y niño 17, 15, 13 y 11 años de edad, nacidos en fechas 21/07/1999, 31/08/2001, 20/09/2003 y 14/02/2005, comprobándose que no comparecieron a la Audiencia de Jurisdicción Voluntaria fijada, ni por si ni por medio de apoderado judicial. En razón a ello y por disposición expresa del artículo 514 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Declara Desistido el procedimiento En consecuencia, se declara extinguido el procedimiento y terminado el asunto con el archivo del expediente. Se deja constancia que esta decisión fue proferida en forma oral y publicada el día de hoy. Se acuerda devolución de originales. Es todo. Diaricese y Cúmplase.
Abg. LEANDRA ARMARIO BLANCO
Juez Segundo de Primera Instancia
De Mediación, Sustanciación y Ejecución
EL SECRETARIO
Abg. Rubén Cadenas
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