REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Socopó, 26 de Enero de 2017.
205º y 156º
Vista la demanda por Cumplimiento de Contrato, presentada por el ciudadano: FRANKLIN URQUIJO GORDILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.474.225, actuando en su carácter de Director Gerente y Representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES FRANMAUCA C.A, asistido por la abogado en ejercicio YENEISA ANDREINA MONTES, debidamente inscrita en el inpreabogado bajo el N° 124.371, en contra de los ciudadanos MARIA JOSEFINA MARQUEZ DE ZAMBRANO y ARSENIO ZAMBRANO MOLINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de identidad Nros. V-8.073.929 y V-2.288.787, con domicilio en el sector La Floresta, calle 26, con carrera 13 casa s/n de la población de Ciudad Bolivia, Municipio Pedraza del estado Barinas. Este Tribunal la ADMITE a sustanciación, cuanto lugar en derecho se refiere, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, en consecuencia, se ordena citar a la parte demandada, ya identificada, para que comparezca por ante este Juzgado Agrario dentro de los cinco (5) días de despacho, siguientes a la constancia que repose en autos de su citación, de conformidad con el artículo 200 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, más un (01) día que se le concede como termino de la distancia, dentro de las horas de despacho comprendidas de ocho y media de la mañana (8:30 a.m.) a tres y treinta de la tarde (3:30 p.m.) a los fines que proceda a dar contestación a la demanda incoada en su contra. Líbrese Boletas de citación, una vez la parte actora suministre los emolumentos necesarios para la realización de los fotostatos correspondientes. Diarícese. Cúmplase.
EL JUEZ,
Abg. ORLANDO CONTRERAS.
EL SECRETARIO,
Abg. LUÍS FERNANDO DÍAZ S.