REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial Penal con Competencia en DVM Tribunales de Primera Instancia de Ejecución, Edo Barinas.
Barinas, 13 de enero de 2017
206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-S-2013-001275
ASUNTO : EP01-S-2013-001275

AUTO DECRETANDO ORDEN DE APREHENSION EN CONTRA DEL PENADO

De una revisión a la presente causa se pudo evidenciar que el penado LANDER MILAGRO CASTILLO JIMENEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-19.069.277, de 31 años de edad, natural de Sabaneta, en fecha 24/01/1985 hijo de Uvalda Jiménez (V) y de Rafael Castillo (V), de ocupación u oficio Obrero, residenciado: En el Caserío El Molino, vía Arauquita al lado del galpón, Barinas Estado Barinas, quedó debidamente notificado en audiencia especial, de fecha 09 de diciembre del año 2015, de su situación jurídica, y de los recaudos que debía consignar para disfrutar de los beneficios o formulas alternativas de cumplimiento de la pena, en virtud de Sentencia Condenatoria por el Procedimiento Especial por Admisión de los Hechos, de fecha 02/10/2013 dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas Nº 02 del Circuito Judicial con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, mediante la cual se condenó a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS, CINCO (05) MESES Y VEINTE (20) DÍAS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en relación con el articulo 80 del Código Penal.

Ahora bien, este Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Barinas, a los fines de librar Orden de Aprehensión observa: Que el penado no ha cumplido con la pena en su totalidad y que le falta por cumplir TRES (03) AÑOS, TRES (03) MESES Y SIETE (07) DÍAS DE PRISIÓN, tal y como se evidencia en el Auto de Ejecución de Sentencia y cómputo de pena, realizado por el Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en fecha 30/10/2013, y visto que ya fue notificado para que consignara los recaudos en un plazo no mayor de treinta (30) días, para disfrutar de los beneficios o formulas alternativas de cumplimiento de la pena, haciendo caso omiso, demostrando una conducta contumaz, toda vez que no ha comparecido injustificadamente por ante este Tribunal, a pesar de estar a derecho y del llamado que se le hiciere en su oportunidad legal; motivo por el cual expide en la presente causa orden de aprehensión en contra del penado LANDER MILAGRO CASTILLO JIMENEZ, supra identificado.

DISPOSITIVA

Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley: Decreta: Se ordena librar orden de aprehensión en contra del penado LANDER MILAGRO CASTILLO JIMENEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-19.069.277, de 31 años de edad, natural de Sabaneta, en fecha 24/01/1985 hijo de Uvalda Jiménez (V) y de Rafael Castillo (V), de ocupación u oficio Obrero, residenciado: En el Caserío El Molino, vía Arauquita al lado del galpón, Barinas Estado Barinas; en consecuencia se acuerda oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Delegación Barinas, que será el órgano encargado de ejecutarla. Líbrese lo conducente. Notifíquese la presente decisión a todas las partes. Diarícese, Regístrese. Déjese Copia.

Dada, firmada y sellada en la Sede del Tribunal de Ejecución con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de esta Circunscripción Judicial a los trece (13) días del mes de enero de 2017.

La Jueza Única de Ejecución
La Secretaria

Abg. Irleny Elizabeth Toledo Rodríguez
Abg. Alexandra Quintero