REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Barinas
Barinas, dos de febrero de dos mil diecisiete
206º y 157º

ASUNTO : EP41-J-2016-000623



SOLICITANTES: DANIEL JOSE ROSARIO Y GRISELLE SARAMY PEREZ JEREZ, venezolanos, mayores de edad, C.I Nº V-19.193.966 y V-23.001.674 respectivamente, padres de la niña.

MOTIVO: Divorcio 185-A

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

Vista la anterior solicitud de fecha 07/12/2016, suscrita por los ciudadanos DANIEL JOSE ROSARIO Y GRISELLE SARAMY PEREZ JEREZ, venezolanos, mayores de edad, C.I Nº V-19.193.966 y V-23.001.674 respectivamente, asistidos por la Abogada MARIA BELINDA VERGARA TORO INPREABOGADOS Nº 165.596, padres de la niña de 05 años de edad, nacida en fecha 09/03/2011. No compareciendo a la Audiencia de Jurisdicción Voluntaria fijada, ni por si ni por medio de apoderado judicial. En razón a ello y por disposición expresa del artículo 514 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Declara Desistido el procedimiento En consecuencia, se declara extinguido el procedimiento y terminado el asunto con el archivo del expediente. Se deja constancia que esta decisión fue proferida en forma oral y publicada el día de hoy. Se acuerda devolución de originales. Es todo. Diaricese y Cúmplase.



Abg. LEANDRA ARMARIO BLANCO
Juez Segundo de Primera Instancia
De Mediación, Sustanciación y Ejecución
EL SECRETARIO


ABG. FERNANDO FLOREZ