REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.-
Sabaneta, 02 de Febrero de 2.017.-
206° y 157°

Demandante: DE SANTIAGO R. EURICENIA M.
Demandado: RODRIGUEZ M. IVER A.
Juicio: Fijación de Obligación Manutención
Expediente: 16-661
Homologación de Convenimiento de pago
Sentencia Nº 01

Este Tribunal visto el acta de convenimiento del Acto Conciliatorio en el Juicio de Fijación de Obligación de Manutención, bajo el Nº 16-661, Intentado por: DE SANTIAGO RODRIGUEZ EURICENIA MARICRUZ, Venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 22.686.107, contra el Ciudadano: RODRIGUEZ MOLINA IVER ANTONIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nº 22.112.318, donde el Obligado: RODRIGUEZ MOLINA IVER ANTONIO, Expone: Ciudadana Juez ofrezco la suma de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs. 10.000,00) Mensuales, y en el mes de Agosto el 50% de los útiles escolares y en el mes de Diciembre el 50%, para la ropa decembrina, en cuanto a la medicina asumo el Cincuenta por Ciento (50%), de los gastos, solicito que el régimen de convivencia familiar sea abierto y dichas cantidades las quiero depositar en una cuenta de ahorro. Expone la Ciudadana: DE SANTIAGO RODRIGUEZ EURICENIA MARICRUZ: “estoy de acuerdo con lo convenido por el padre de mis hijos. Ambas partes solicitan al Tribunal la homologación del presente convenimiento de la Obligación de Manutención y el Expediente al Archivo Judicial. Para su (s) Hijo (s): Joneiver Josue, de 06 años de edad, y Joneilys Antonella de 03 años de edad. Por lo anteriormente expuesto se ordena su HOMOLOGACION, por no ser contraria ha derecho o alguna disposición expresa de la ley, se acuerda en conformidad. En consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO DE PAGO DE OBLIGACIÓN MANUTENCION, suscrito entre las partes y procede como en Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Se ordena el Archivo del Presente Expediente.
Publíquese, Regístrese en copias certificadas expedidas por la secretaria.
Dada, firmada y Sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Sabaneta, a los Dos (02) días del Mes de Febrero del Dos Mil Diecisiete. Años: 206° de la Independencia y 157° de la Federación.-

LA JUEZA


DRA. NANCY ANGEL VARGAS

EL SECRETARIO

Abg. ARGENIS RODOLFO SILVA

NAV/wf
EXP: 16-661


En fecha: 02-02-2.017, se publico la anterior sentencia, siendo las 09:00 a.m. Conste.-

EL SECRETARIO

Abg. ARGENIS RODOLFO SILVA