REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SOSA Y ROJAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Santa Rosa 13 de Febrero de 2017.
206º y 157º
EXPEDIENTE: Nº OM-117-17
Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva
PARTES: KRISTAL KARLEY MEZA CAMACHO, Venezolana, Mayor de edad, Soltera, oficios del Hogar Titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 25.918.777 y el Ciudadano: JONNATHAN JESUS CUELLAR, Venezolano, mayor de edad, obrero titular de la cédula de identidad Nº V-21.167.790
MOTIVO: FIJACION DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.
Visto el Convenimiento suscrito en fecha dos (02) de febrero del 2017 por los ciudadanos: KRISTAL KARLEY MEZA CAMACHO, Venezolana, Mayor de edad, Soltera, oficios del Hogar Titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 25.918.777 y el Ciudadano: JONNATHAN JESUS CUELLAR, Venezolano, mayor de edad, obrero titular de la cédula de identidad Nº V-21.167.790, a los fines de llegar a un acuerdo a favor del niño (se omite la identidad de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA); en consecuencia, manifestó el Ciudadano: JOSE GREGORIO VALERO AGUIRRE.
“Ofrezco La cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES (Bs 15.000.oo), mensuales por concepto de obligación de Manutención dinero que será depositado en la cuenta de ahorro que la madre aperture. En cuanto a la Bonificación Especial de Fin de Año me comprometo como padre a cubrir todos los gastos de Estrenos de Navidad y Año nuevo, para mi hijo. En cuanto a los gastos Médicos y Medicinas que se presenten con mi hija, me comprometo a aportar el Cincuenta por ciento (50%) de los mismos, con los justificativos medico lo más pronto posible. Solicita a la madre que aperture una cuenta de ahorro para realizar el depósito correspondiente como obligación de manutención. Seguidamente toma el derecho de palabra la ciudadana: KRISTAL KARLEY MEZA CAMACHO, Identificada en autos y concedido como le fue expreso:
manifiesta estar de acuerdo con el ofrecimiento realizado por el ciudadano: YONNATHAN JESUS CUELLAR. No habiendo mas punto que tratar ambas partes solicitan al Juez se Homologue el presente acuerdo y se archive el expediente. Es todo. Termino, se leyó y conformes firman.
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