REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil del Municipio Barinas
Barinas, 08 de febrero de dos mil diecisiete
206º y 157º

ASUNTO: EN21-S-2015-000127

Vistas las anteriores actuaciones contentivas de la solicitud de Declaración de Únicos Universales Herederos, presentada por la ciudadana Consuelo del Carmen Mirabal de Rodríguez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.257.945, asistida por los abogados en ejercicio Raúl Enrique González Rodríguez y Junior Jesús González Núñez, inscritos en los Inpreabogados bajo los Nros 39.219 y 168.951, mediante la cual solicitan sean declarados como únicos y universales herederos, su persona y sus hijos los ciudadanos Manuel Francisco Rodríguez Mirabal, Manuel Eduardo Rodríguez Mirabal, Endrina Lourdes Rodríguez Díaz, Flora Antonieta Rodríguez Palencia, Lenin Tupac Rodríguez Palencia, Marco Aurelio Rodríguez Palencia, Marcos Antonio Rodríguez Palencia, Marcos Tulio Rodríguez Palencia y Lenin Manuel Rodríguez Palencia Venezolanos mayores de edad titulares de las de identidad Nros 19.279.047, 19.279.049, 23.559.210, 11.714.855, 12.201.034, 13.500.616, 13.682.778, 14,172.646 y 17.550.583, del de-cujus Manuel Antonio Rodríguez Sánchez, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3. 546. 543, fallecido en fecha dos (02) de Julio del año 2015, tal y como se evidencia de la copia certificada del acta de defunción Nº 984, inserta al folio seis (04) del presente asunto; este Tribunal a los fines de emitir el respectivo pronunciamiento, procede a examinar lo siguiente:

En relación a las documentales cursantes a los autos, referentes a:

1. Copia certificada del acta de defunción de de-cujus Manuel Antonio Rodríguez Sánchez, asentada por ante la Prefectura de la Parroquia Corazón de Jesús del Municipio Barinas, Estado Barinas, en fecha 02 de julio de 2.015, bajo el Nº 984, inserta al folio 04.

2. Copia certificada del acta de matrimonio celebrado entre la ciudadana Consuelo del Carmen Mirabal de Rodríguez y el de-cujus Manuel Antonio Rodríguez Sánchez, asentada por ante la Prefectura de la Parroquia Barinas del Municipio Barinas del estado Barinas, en fecha 21/12/2000, bajo el Nº 249, inserta al folio 05.

3. Copias certificadas de las actas de nacimiento de los ciudadanos Lenin Tupac Rodríguez Palencia, Marcos Tulio Rodríguez Palencia, Lenin Manuel Rodríguez Palencia, Manuel Francisco Rodríguez Mirabal, Manuel Eduardo Rodríguez Mirabal, Marco Aurelio Rodríguez Palencia, Flora Antonieta Rodríguez Palencia, Endrina Lourdes Rodríguez Díaz y Marcos Antonio Rodríguez Palencia, la primera asentada por ante la Parroquia antimano, Dpto. Libertador del Distrito Federal, en fecha 05/06/1974, bajo el Nº 741, la segunda por ante la prefectura del Municipio Barinas del Estado Barinas, en fecha 04/10/1979, bajo el Nº 3.244, la tercera por ante la parroquia el carmen del Municipio Barinas del Estado Barinas, en fecha 23/08/1984, bajo el Nº 948, la cuarta por ante la prefectura carmen del Municipio Barinas del Estado Barinas, de fecha 08/08/1988, bajo el Nº 536, la quinta por ante el Registrador Civil del Municipio Barinas del Estado Barinas, de fecha 14/05/1990, bajo el Nº 325, la sexta por ante la Prefectura de Caracas, Distrito federal, de fecha 27/04/1976, bajo el Nº 1234, la séptima por ante el registro civil de la Parroquia Antimano, del Distrito Federa, de fecha 13/06/1973, bajo el Nº 986, la octava por ante la Prefectura del Municipio Barinas , Parroquia Torunos del estado Barinas, de fecha 28/09/1993, bajo el Nº 73 y la novena por ante la Prefectura del Municipio autónomo Barinas del estado Barinas, de fecha 23/10/1978, bajo el Nº 3.384, insertas a los folios veintidós (22), veintitrés (23), veinticuatro (24), veintiocho (28), veintinueve (29), cincuenta y dos (52), cincuenta y tres (53), cincuenta y cuatro (54) y cincuenta y cinco (55) en su orden.

4. Copias simples de las cédulas de identidad del de-cujus Manuel Antonio Rodríguez Sánchez y de los ciudadanos Consuelo del Carmen Mirabal de Rodríguez, Manuel Francisco Rodríguez Mirabal, Manuel Eduardo Rodríguez Mirabal, Endrina Lourdes Rodríguez Díaz, Flora Antonieta Rodríguez Palencia, Lenin Tupac Rodríguez Palencia, Marco Aurelio Rodríguez Palencia, Marcos Antonio Rodríguez Palencia, Marcos Tulio Rodríguez Palencia y Lenin Manuel Rodríguez Palencia insertas del folio 6, 7 y 8.

Este órgano jurisdiccional, le concede pleno valor probatorio a los instrumentos señalados en los numerales 01, 02 y 03, para comprobar sus contenidos como documentos públicos, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1.357, 1.359, 1.360 del Código Civil y 429 del Código Civil, dado que permiten a quien aquí decide, verificar el parentesco existente entre el de-cujus Manuel Antonio Rodríguez Sánchez y de los ciudadanos Consuelo del Carmen Mirabal de Rodríguez, Manuel Francisco Rodríguez Mirabal, Manuel Eduardo Rodríguez Mirabal, Endrina Lourdes Rodríguez Díaz, Flora Antonieta Rodríguez Palencia, Lenin Tupac Rodríguez Palencia, Marco Aurelio Rodríguez Palencia, Marcos Antonio Rodríguez Palencia, Marcos Tulio Rodríguez Palencia y Lenin Manuel Rodríguez Palencia.


Asimismo, a las documentales descritas en el numeral 4 se les concede pleno valor probatorio, por ser éstos documentos, la principal identificación de las personas naturales dentro de nuestro país, conforme con lo preceptuado en el artículo 16 de la Ley Orgánica de Identificación.

En cuanto a las declaraciones rendidas por los ciudadanos Jesús Alberto González Duran y Alejandra José Chirinos Gutiérrez, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 9.131.102 y 20.254.318, respectivamente quienes manifestaron conocer suficientemente de vista, trato y comunicación a los ciudadanos Consuelo del Carmen Mirabal de Rodríguez y al de-cujus Manuel Antonio Rodríguez Sánchez, igualmente manifestaron que conocieron al de-cujus Manuel Antonio Rodríguez Sánchez, quien falleció el día 02 de Julio del 2015 y que solo dejo como únicos y universales herederos a su esposa Consuelo del Carmen Mirabal de Rodríguez y sus hijos Manuel Francisco Rodríguez Mirabal, Manuel Eduardo Rodríguez Mirabal, Endrina Lourdes Rodríguez Díaz, Flora Antonieta Rodríguez Palencia, Lenin Tupac Rodríguez Palencia, Marco Aurelio Rodríguez Palencia, Marcos Antonio Rodríguez Palencia, Marcos Tulio Rodríguez Palencia y Lenin Manuel Rodríguez Palencia; este Tribunal les concede pleno valor probatorio a tales deposiciones, por haber manifestado los testigos conocimiento sobre los particulares interrogados, relacionados con los hechos expuestos en la presente solicitud, además de ser contestes en sus dichos, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.

En consecuencia, quien aquí decide, considera que con el material probatorio que integra éstas actas procesales, ya analizado y valorado supra, se encuentra plenamente demostrado el parentesco existente entre el de-cujus Manuel Antonio Rodríguez Sánchez y los ciudadanos Consuelo del Carmen Mirabal de Rodríguez, Manuel Francisco Rodríguez Mirabal, Manuel Eduardo Rodríguez Mirabal, Endrina Lourdes Rodríguez Díaz, Flora Antonieta Rodríguez Palencia, Lenin Tupac Rodríguez Palencia, Marco Aurelio Rodríguez Palencia, Marcos Antonio Rodríguez Palencia, Marcos Tulio Rodríguez Palencia y Lenin Manuel Rodríguez Palencia, razón por la cual este Tribunal Tercero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808 y 822 del Código Civil, en concordancia con el articulo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara como únicos y universales herederos del de-cujus Manuel Antonio Rodríguez Sánchez a los ciudadanos Consuelo del Carmen Mirabal de Rodríguez, Manuel Francisco Rodríguez Mirabal, Manuel Eduardo Rodríguez Mirabal, Endrina Lourdes Rodríguez Díaz, Flora Antonieta Rodríguez Palencia, Lenin Tupac Rodríguez Palencia, Marco Aurelio Rodríguez Palencia, Marcos Antonio Rodríguez Palencia, Marcos Tulio Rodríguez Palencia y Lenin Manuel Rodríguez Palencia, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 4.257.945, 19.279.047, 19.279.049, 23.559.210, 11.714.855, 12.201.034, 13.500.616, 13.682.778, 14,172.646 y 17.550.583, en su orden, en su condición de esposa e hijos del de-cujus supra identificado. Se dejan a salvo los derechos de terceros.

La Jueza,


Abg. Rina Nataly Muñoz Marcano.
La Secretaria,


Abg. Siliana Paredes Contreras