REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Barinas
Barinas, dieciséis de febrero de dos mil diecisiete
206º y 157º
ASUNTO : EH41-V-2016-000220
DEMANDANTE: ARNOLDO JOSE USECHE PAREDES, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº 19.612.510.
DEMANDADA: BARBARA YOSELIN SOLORZANO VIVAS, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº 17.618.509
NIÑA:. (SE OMITE DE ACUERDO A Lo establecido en el ARTICULO 65 LOPNNA).
MOTIVO: REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Vista la anterior causa de fecha 04/07/2016, suscrita por el ciudadano ARNOLDO JOSE USECHE PAREDES, venezolano, mayor de edad, C.I Nº V-19.612.510, padre de niña nacida el 08/09/2009, de 08 años y 05 meses de edad. Asistido por el abogado CARLOS Alberto carrillo quintero, INPREABOGADO Nº 105.054 incoada contra la madre ciudadana BARBARA YOSELIN SOLORZANO VIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 17.618.509. No compareciendo ninguna de las partes a la Audiencia de Mediación fijada, ni por si ni por medio de apoderado judicial. En razón a ello y por disposición expresa del artículo 472 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Declara Desistido el procedimiento En consecuencia, se declara extinguido el procedimiento y terminado el asunto con el archivo del expediente. Se deja constancia que esta decisión fue proferida en forma oral y publicada el día de hoy. Se acuerda devolución de originales. Es todo. Diaricese y Cúmplase.
Jueza Quinta de Primera Instancia
De Mediación, Sustanciación y Ejecución.
Abg. Elena Mora de Ojeda
Abg. Rafael Quintana
Secretario
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