REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Barinas
Barinas, diecisiete de febrero de dos mil diecisiete
206º y 157º
ASUNTO : EH41-J-2016-000295
DEMANDANTE: ALFREDO ANTONIO TORO BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V- Nº V-13.280.966.
DEMANDADA: DENNIS DEL PILAR CUADROS venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V- 18.814.012, venezolana mayor de edad, C.I Nº V-20.867.498
ADOLESCENTES: (SE OMITE DE ACUERDO A Lo establecido en el ARTICULO 65 LOPNNA).
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MOTIVO: DIVORCIO 185-A
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Vista la anterior causa de fecha 14/07/2016, suscrita por el ciudadano ALFREDO ANTONIO TORO BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, C.I Nº V-13.280.966, padre de la adolescentes asistido por el abogado CARLOS BENITO RODRIGUEZ TERAN, INPREABOGADO Nº 176.370 incoada contra la madre ciudadana DENNIS DEL PILAR CUADROS,, venezolana, mayor de edad, C.I Nº V-18.814.012.No compareciendo a la Audiencia de Mediación fijada, ni por si ni por medio de apoderado judicial. En razón a ello y por disposición expresa del artículo 472 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Declara Desistido el procedimiento En consecuencia, se declara extinguido el procedimiento y terminado el asunto con el archivo del expediente. Se deja constancia que esta decisión fue proferida en forma oral y publicada el día de hoy. Se acuerda devolución de originales. Es todo. Diaricese y Cúmplase.
Abg. Elena Mora de Ojeda
Juez Quinta de Primera Instancia
De Mediación, Sustanciación y Ejecución Abg. Rafael Quintana
El Secretario
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