REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Barinas
Barinas, diecisiete de febrero de dos mil diecisiete
206º y 157º

ASUNTO : EP41-J-2016-000123

SOLICITANTES: LUZMAR ROA DE CHACOA Y HERNESTO JOSE CHACOA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cedulas de identidad No. V- 14.663.679 y V-16.091.551, respectivamente, padres de los adolescentes: (SE OMITE DE ACUERDO A Lo establecido en el ARTICULO 65 LOPNNA), nacido el 07 de marzo del año 2000, de 17 años de edad, ELISADAI, nacida el 17 de mayo del año 2002 de 14 años de edad y ARIEL ITZJAK, nacido el 30 de noviembre del año 2004, de doce años de edad.

MOTIVO: Divorcio 185-A

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Vista la anterior solicitud de fecha 17/10/2016, suscrita por los ciudadanos: LUZMAR ROA DE CHACOA Y HERNESTO JOSE CHACOA venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cedulas de identidad No. V- 14.663.679 y V-16.091.551, respectivamente, de este domicilio, asistidos por el Abogado UVENCES ENRIQUE QUINTERO MIER Inpreabogados Nº 90.574, padres de los adolescentes nacido el 07 de marzo del año 2000, de 17 años de edad; nacida el 17 de mayo del año 2002 de 14 años de edad y nacido el 30 de noviembre del año 2004, de doce años de edad.
No compareciendo a la Audiencia de Jurisdicción Voluntaria fijada, ni por si ni por medio de apoderado judicial. En razón a ello y por disposición expresa del artículo 514 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Declara Desistido el procedimiento En consecuencia, se declara extinguido el procedimiento y terminado el asunto con el archivo del expediente. Se deja constancia que esta decisión fue proferida en forma oral y publicada el día de hoy. Se acuerda devolución de originales. Es todo. Diaricese y Cúmplase.



Jueza Quinta de Primera Instancia El Secretario
Sustanciación, Mediación y Ejecución Abg. Rafael Quintana
Abg. Elena Mora de Ojeda