REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 13 de Julio 2017
207° y 158º

Vistas las anteriores actuaciones y en atención al escrito del 24/04/2017 presentado por la abogada Mara Rivas Zerpa, actuando en su condición de apoderada judicial de las empresas AGROINVERSIONES BARINAS C.A. y BARIBIENES, C.A. mediante el cual solicita a esta instancia agraria se decrete Medida De Prohibición de Innovar la cual consiste en la orden de no hacer edificaciones o infraestructuras en la porción de terreno integra que conforma la presente demanda, vale decir dentro de las 151 hectáreas cuyos linderos específicos son; Norte: Caño el Tullío; Sur: Terrenos de propiedad de Agroinversiones Barinas C.A; Este: Caño el Tullío y Oeste: Terreno del fundo la arenosa que es o fue de la señora Trina de Arvelo; En consecuencia este Tribunal ADMITE a sustanciación la solicitud de Medida De Prohibición de Innovar sobre la porción de terreno antes identificada cuanto lugar en derecho se refiere, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley; asimismo se advierte a las partes que esta instancia agraria previo pronunciamiento respecto a la cautelar solicitada y a los fines de verificar los hechos en que la fundamentan, ordena realizar inspección judicial, a las 8:30am del día Martes 10 de Octubre de 2017; en el lote de terreno de 151 hectáreas perteneciente a las unidades agroproductivas de AGROINVERSIONES BARINAS y BARIBIENES C.A, ubicado en la jurisdicción del Municipio Barinas del estado Barinas; En este sentido, se ordena oficiar en su oportunidad correspondiente al Comandante de la Policía del Estado Barinas, a objeto que preste la colaboración y asigne a dos (02) funcionarios para que acompañen a este Juzgado Agrario en la práctica de dicha Inspección Judicial, al Juez Rector del Estado Barinas, a los fines de que preste su colaboración asignando un (01) vehiculo a cargo de la Dirección Administrativa Regional Barinas, para el traslado del Tribunal a practicar dichas inspecciones. Líbrese oficios en su oportunidad legal correspondiente.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por secretaría de conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil y a los fines de los Ordinales 3° y 9° del artículo 92 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en Barinas a los Trece (13) días del mes de Julio de 2017.
El Juez,

LEONARDO JIMENEZ MALDONADO.
La Secretaria
Jennie Salvador



En la misma fecha, siendo las tres de la tarde (3:00 p.m.) se publicó y registro la anterior. Conste.

La Secretaria
Jennie Salvador

Exp. JA1B-5553-17
LJM/JSP/vv