REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Barinas
Barinas, tres de julio de dos mil diecisiete
207º y 158º

ASUNTO : EP41-J-2017-000485
SOLICITANTE: Isabel Cristina Díaz, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.916.460, asistida por el abogado Andrés Albarrán Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 88.542.

MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Por examinados detenidamente la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS que antecede presentada en fecha 14/06/2017, suscrita Isabel Cristina Díaz, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.916.460, asistida por el abogado Andrés Albarrán Rivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 88.542, con ocasión al fallecimiento del ciudadano Jesús Manuel Ruiz, C.I.Nº V- 4.932.110 fallecido ad-intestato el 21/03/2013. Interrogados los testigos promovidos ciudadanos JOSÈ JUVENAL ESCALANTE SALGADO, BLANCA TIBISAY BELLAVOIR HURTADO y LUIS ALFREDO GUEDEZ SERRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad V-5.474.044, V- 9.263.767 y V-12.240.298, conforme a los particulares señalados en la solicitud cabeza de autos, en términos concretos fueron contestes en su dichos y verificada como fue la coherencia entre lo declarado y las documentales consignadas acta de defunción, acta de unión estable y actas de nacimientos, elementos de juicio que permiten DECLARAR SUFICIENTES DICHAS JUSTIFICACIONES Y UNIVERSALES HEREDEROS POR VIA NO CONTENCIOSA DEL HOY DIFUNTO Jesús Manuel Ruiz, C.I.Nº V- 4.932.110 fallecido ad-intestato el 21/03/2013 a su concubina Isabel Cristina Díaz, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.916.460 y sus hijos Adriana Virginia Ruiz Montilla, Jesús Manuel Ruiz Díaz, Saúl Alejandro Ruiz Oviedo, mayores de edad, al niño nacido el 19/10/2005, de 11 años de edad y adolescente nacido el 16/12/2004, de 12 años de edad. QUEDANDO A SALVO EL DERECHO DE TERCEROS NO INTERVINIENTES EN PROCESOS DE NATURALEZA NO CONTENCIOSA; Se acuerda copias certificadas a las partes y devolver justificativo en original con resultas al solicitante. Diaricese y cúmplase.



Juez Segundo de Primera Instancia
de Mediación, Sustanciación y Ejecución,
Abg. Leandra Armario Blanco

El Secretario
Abg. Rubén Cadenas