REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.-
Sabaneta, 12 de Julio de 2.017.-
207° y 158°

Demandante: MARQUEZ B. LUIS E.
Demandado: ROMERO V. MARIA Y.
Juicio: Fijación de Obligación de Manutención
Expediente: 17-760
Homologación de Convenimiento de Pago.
Sentencia Nº 18

Este Tribunal visto el acta de convenimiento del Acto Conciliatorio en el Juicio de Fijación de Obligación de Manutención, bajo el Nº 17-760, Intentado por: MARQUEZ BEDOYA LUIS ENRIQUE, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 23.032.470, contra la Ciudadana: ROMERO VALERA MARIA YANEXY, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nº 20.962.148, donde el Solicitante: MARQUEZ BEDOYA LUIS ENRIQUE, Expone: Ciudadana Juez ofrezco la suma de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,00) Mensuales, y en el mes de Agosto el 50% de los útiles escolares y en el mes de Diciembre el 50% para la ropa decembrina, en cuanto a la medicina asumo el Cincuenta por Ciento (50%), de los gastos, solicito que el régimen de convivencia familiar sea abierto y dichas cantidades las quiero depositar en una cuenta de corriente del Banco Venezuela Nº 0102-0147-100000207586. Expone la Ciudadana: ROMERO VALERA MARIA YANEXY: “estoy de acuerdo con lo convenido por el padre de mi hija. Ambas partes solicitan al Tribunal la homologación del presente convenimiento de la Obligación de Manutención y el Expediente al Archivo Judicial. Para su (s) Hijo (s): Luismar Camila, de 03 años de edad. Por lo anteriormente expuesto se ordena su HOMOLOGACION, por no ser contraria ha derecho o alguna disposición expresa de la ley, se acuerda en conformidad. En consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO DE PAGO DE OBLIGACIÓN MANUTENCION, suscrito entre las partes y procede como en Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Se ordena el Archivo del Presente Expediente.
Publíquese, Regístrese en copias certificadas expedidas por la secretaria.
Dada, firmada y Sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Sabaneta, a los Doce (12) días del Mes de Julio del Dos Mil Diecisiete. Años: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.-

LA JUEZA


DRA. NANCY ANGEL VARGAS

EL SECRETARIO

Abg. ARGENIS RODOLFO SILVA

NAV/wf
EXP: 17-760


En fecha: 12-07-2.017, se publico la anterior sentencia, siendo las 09:30 a.m. Conste.-

EL SECRETARIO

Abg. ARGENIS RODOLFO SILVA