REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.-
Sabaneta, 27 de Julio de 2.017.-
207° y 158°

Demandante: QUEVEDO F. MARIA T.-
Demandado: VILLEGAS M. JOSE Y.-
Juicio: Revisión de la Obligación de Manutención
Expediente: 17-756
Homologación de Convenimiento de Pago.
Sentencia Nº 38

Este Tribunal visto el acta de convenimiento del Acto Conciliatorio en el Juicio de Revisión de Obligación de Manutención, bajo el Nº 17-756, Intentado por: QUEVEDO FERNANDEZ MARIA TRINIDAD, Venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 15.270.551, contra el Ciudadano: VILLEGAS MARTINEZ JOSE YSMAEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, Nº 13.329.706, donde el Obligado: VILLEGAS MARTINEZ JOSE YSMAEL, Expone: Ciudadana Juez ofrezco la suma de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,00) Mensuales, y en el mes de Agosto una bonificación doble más la mensualidad para un total NOVENTA MIL BOLIVARES (Bs. 90.000,00), para los útiles escolares y en el mes de Diciembre una bonificación doble más la mensualidad para un total de NOVENTA MIL BOLIVARES (Bs. 90.000,00), para la ropa decembrina, en cuanto a la medicina asumo el Cincuenta por Ciento (50%), de los gastos, solicito que el régimen de convivencia familiar sea abierto. Expone la Ciudadana: QUEVEDO FERNANDEZ MARIA TRINIDAD: “estoy de acuerdo con lo convenido por el padre de mis hijos. Ambas partes solicitan al Tribunal la homologación del presente convenimiento y oficiar a la empresa a los fines de los descuentos de la Obligación de Manutención y el Expediente al Archivo Judicial. Para su (s) Hijo (s): Maria de los Angeles, de 16 años de edad. Por lo anteriormente expuesto se ordena su HOMOLOGACION, por no ser contraria ha derecho o alguna disposición expresa de la ley, se acuerda en conformidad. En consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO DE PAGO DE OBLIGACIÓN MANUTENCION, suscrito entre las partes y procede como en Sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Se ordena el Archivo del Presente Expediente.
Publíquese, Regístrese en copias certificadas expedidas por la secretaria.
Dada, firmada y Sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Sabaneta, a los Veintisiete (27) días del Mes de Julio del Dos Mil Diecisiete. Años: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.-

LA JUEZA


DRA. NANCY ANGEL VARGAS

EL SECRETARIO

Abg. ARGENIS RODOLFO SILVA

NAV/wf
EXP: 17-756


En fecha: 27-07-2.017, se publico la anterior sentencia, siendo las 09:00 a.m. Conste.-




EL SECRETARIO

Abg. ARGENIS RODOLFO SILVA