REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Barinas
Barinas, veinte de julio de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO : EP41-J-2017-000534
SOLICITANTE: DORIS DEL CARMEN AGUILAR CUJIDES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V- 14.162.675
NIÑOS/ADOLESCENTES: (SE OMITE DE ACUERDO A Lo establecido en el ARTICULO 65 LOPNNA).
MOTIVO: CURATELA.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Vista la anterior solicitud de fecha 29/06/2017, suscrita por la ciudadana: DORIS DEL CARMEN AGUILAR CUJIDES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V- 14.162.675, actuando en nombre y representación de su hija fecha de nacimiento: 09/09/2005 de once (11) años de edad , asistida por la abogada en ejercicio: JUMARY BRICEÑO GARRIDO; DEFENSORA PUBLICA CUARTA, con competencia en materia de protección de niños, niñas y adolescentes del estado Barinas, No Comparecieron las partes a la Audiencia de Sustanciación fijada ni por si ni por medio de apoderado judicial, En razón a ello y por disposición expresa del artículo 477 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, éste Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Declara Desistido el presente procedimiento de tutela. En consecuencia, se declara extinguido el procedimiento y terminado el asunto con el archivo del expediente. Se deja constancia que esta decisión fue proferida en forma oral y publicada el día de hoy. Se acuerda devolución de originales. Es todo. Diaricese y cúmplase.
Abg. ELENA MORA DE OJEDA El Secretario
Jueza Quinta de Primera Instancia ABG. LUIS SANCHEZ
de Mediación, Sustanciación y Ejecución
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