REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, seis de junio de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO: EP11-S-2017-000009
PARTE OFERENTE: EMPRESAS GARZON, C.A, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, el 02 de abril de 2004, bajo el Nº 56, tomo A-7.
ABOGADO DE LA PARTE OFERENTE: Abogado, LERSSO GONZALEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.72.161,
PARTE OFERIDA: CARMEN AURORA HIDALGO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.171.318.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE OFERIDA: JESUS ALBERTO ARCHILA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nº 65.287.
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
En el día de hoy; martes seis (06) de junio del año dos mil diecisiete (2017), siendo las nueve (09:00 a.m.) de la mañana, día y hora fijada por este Tribunal para que tenga lugar la celebración de la audiencia preliminar, se deja constancia de la comparecencia del Abogado, LERSSO GONZALEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.72.161, en su condición de apoderado judicial de la parte oferente, igualmente se encuentra presente la parte oferida ciudadana CARMEN AURORA HIDALGO, plenamente identificada, asistida por el abogado JESUS ALBERTO ARCHILA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 65.287. En este estado se le concede el derecho de palabra a la parte oferida quien manifiesta que recibe la suma consignada con la salvedad de que se reserva el derecho de demandar el monto que realmente le corresponde; este Tribunal por ser la Oferta de Pago un procedimiento de jurisdicción voluntaria y evidencia que el cheque que fue consignado se encuentra bajo el resguardo de la Oficina de Control de Consignaciones de esta Coordinación Laboral, se hace entrega del mismo a la ciudadana Carmen Aurora Hidalgo, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 10.961.853, del cheque de gerencia el cual presenta las siguientes características: 1) Banco de Venezuela número 00336986, código cuenta cliente 0102-0119-56-0000022021, por un monto de cuarenta y ocho mil ochocientos veintiséis con ochenta céntimos (Bs. 48.826,80) de fecha 26 de enero de 2017. Se da por terminado el procedimiento de Oferta real de Pago y se acuerda el cierre y archivo definitivo de la presente solicitud.-
La Juez Temporal;
Abg. Nubia Domacase
Apoderado judicial de la parte oferente
Abg. Lersso González
Parte oferida
Carmen Aurora Hidalgo
Abogado asistente de la parte oferida
Abg. Jesús Alberto Archila
La Secretaria;
Abg. Arelis Molina
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