Barinas, 02 de Junio de 2017
206° y 158°
Vistas las anteriores actuaciones, este tribunal agrario, en aras de procurar la estabilidad en el presente juicio y a los fines de mantener el correcto desenvolvimiento del proceso con las debidas garantías, los principios constitucionales consagradores del derecho a la defensa, del debido proceso, de igualdad de las partes y el derecho a la tutela judicial efectiva y de acuerdo con el cartel librado el 15/05/2017 y consignada dicha publicación el 25/05/2017 dirigido a los herederos desconocidos del ciudadano RAÚL RAMÓN QUERO SILVA (De Cujus) venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-1.931.572; esta Instancia Agraria conforme a lo establecido en el ultimo aparte del Artículo 202 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario; en consecuencia se ordena oficiar a la Coordinación de la Defensoría Publica Agraria, con el fin de que designen un funcionario para que defienda en este caso los intereses de los herederos desconocidos del ciudadano Raúl Ramón Quero Silva(De cujus). Líbrese oficio.
El Juez,
LEONARDO JIMENEZ MALDONADO
La Secretaria,
JENNIE SALVADOR.
En la misma fecha se libro oficio. Conste.
La Secretaria
JENNIE SALVADOR.
LJM/JWSP/cs
Exp. 5506-16
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