REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Barinas
Barinas, doce de junio de dos mil diecisiete
207º y 158º

ASUNTO : EP41-J-2017-000329

SOLICITANTE: CARLOS JOSE MARTINEZ CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 20.602.278.


FECHA DE ENTRADA: 20/04/2017.

MOTIVO: CURATELA.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

Examinada las actas procesales que conforman el presente expediente, y vista la incomparecencia de la parte solicitante ciudadano: CARLOS JOSE MARTINEZ CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 20.602.278. ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno a la audiencia preliminar, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION SUSTANCIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara de conformidad con el articulo 477 de la Ley Orgánica de Protección de Niño Niña y Adolescente desistido el procedimiento y terminado el proceso. Siendo que este desistimiento declarado extingue la instancia, no pudiendo la parte solicitante volver a presentar su solicitud antes que trascurra un mes, se ordena el cierre del presente expediente y su remisión al depósito del archivo judicial, se acuerda el desglose de los originales, dejando en su lugar copias certificadas cúmplase. REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Dada, firmada y sellada en el despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección del Niño Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. En Barinas, a los 12 dias del mes de Junio de 2017 Año 207 y 158 de la Federación. SIGUEN FIRMAS ILEGIBLES. QUIEN SUSCRIBE CON EL CARÁCTER DE SECRETARIA DE AUDIENCIAS DE ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, CERTIFICO QUE ANTERIOR TRASLADO ES COPIA FIEL Y EXACTA DE SUS ORIGINALES, CURSANTES EN EL EXPEDIENTE Nº TODO DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 112 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO



JUEZ TERCERA DE PRIMERA INSTANCIA La Secretaria
DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
ABG. DAYANA VIVAS GUIZA