ASUNTO: EP41-J-2017-000466
SENTENCIA INTERLORIACON FUERZA DEFINITIVA

MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS
DEMANDANTE: MAURA DEL CARMEN SILVA PIRELA, FELIX RAFAEL SILVA PIRELA, REINALDO RAFAEL SILVA PIRELA Y KLEIBER RAFAEL SILVA PIRELA, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nros. V -23.916.250 V – 23.916.184 V.-26.102.947 Y V.- 28.673.449
ADOLESCENTE: Se omite la identidad de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica del Niño, Niña, y del Adolescente de los menores, de 14 años de edad, fecha de nacimiento 11-02-2003 y de 05 años de edad fecha de nacimiento 15/07/2011.
FECHA DE ENTRADA: 08-06-2017

Por examinados detenidamente la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, que antecede suscrita por MAURA DEL CARMEN SILVA PIRELA, FELIX RAFAEL SILVA PIRELA, REINALDO RAFAEL SILVA PIRELA Y KLEIBER RAFAEL SILVA PIRELA, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nros. V -23.916.250 V – 23.916.184 V.-26.102.947 y V.- 28.673.449, actuando en resguardo de sus derechos y garantías del adolescente Se omite la identidad de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica del Niño, Niña, y del Adolescente de los menores, de 14 años de edad, fecha de nacimiento 11-02-2003 y de 05 años de edad (fecha de nacimiento 15/07/2011), todos asistido en este acto por el Abg. OMAR RAMON ALDANA, Inpreabogado Nº 32.178. Oídos los testigos MARBELIS COROMOTO PEREZ VILLEGAS Y ALEXANDER ANTONIO AZUAJE MORILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad personal Nº V.-17.004.465 y V.-15.612.512, respectivamente, los cuales manifestaron poder declarar y leídoles los particulares de la solicitud contestaron con respecto al particular PRIMERO: diga el testigo si nos conoce suficientemente, de vista, trato y comunicación, por más de 14 años a la ciudadana SILVIA ROSA CABEZA. SEGUNDO: diga el testigo si nos conoce suficientemente, de vista, trato y comunicación, por más de 14 años a la ciudadana MAURA DEL CARMEN SILVA PIRELA, FELIX RAFAEL SILVA PIRELA, REINALDO RAFAEL SILVA PIRELA Y KLEIBER RAFAEL SILVA PIRELA, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nros. V -23.916.250 V – 23.916.184 V.-26.102.947 Y V.- 28.673.449. TERCERO: diga si el testigo si igualmente sabe y le consta MAURA DEL CARMEN SILVA PIRELA, FELIX RAFAEL SILVA PIRELA, REINALDO RAFAEL SILVA PIRELA Y KLEIBER RAFAEL SILVA PIRELA (ADOLESCENTE), venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nros. V -23.916.250 V – 23.916.184 V.-26.102.947 Y V.- 28.673.449 son los únicos herederos de la ciudadana SILVIA ROSA CABEZA. Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley considera dichos testimoniales y recaudos bastantes y suficientes por lo que en consecuencia DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del de cujus SILVIA ROSA CABEZA, quien en vida era venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.- 14.549.549, fallecida en fecha 12/02/2017, a sus hijos MAURA DEL CARMEN SILVA PIRELA, FELIX RAFAEL SILVA PIRELA, REINALDO RAFAEL SILVA PIRELA Y KLEIBER RAFAEL SILVA PIRELA (adolescente), venezolanos, los tres primeros mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nros. V -23.916.250 V – 23.916.184 V.-26.102.947, V.- 28.673.449.y el nieto se omite la identidad de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica del Niño, Niña, y del Adolescente de los menores (niño). Dejando a salvo eventuales derechos de terceros, se acuerda la devolución de los originales con sus resultas con previa certificación en autos, expídase las copias certificadas a la parte solicitante. Anótese su salida en el libro respectivo. Es todo, cúmplase se publicó y Diarìcese.



LA JUEZA CUARTA DE PRIMERA INSTANCIA
ABOG. CARMEN ALIA MARTINEZ


EL SECRETARIO
ABG. SILVIO PEREZ