REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Barinas
Barinas, nueve de junio de dos mil diecisiete
207º y 158º

ASUNTO : EH41-V-2013-000101
ACCIONANTE: JOEL JESUS FIGUEROA ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 145.467, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MAYALBERT VARILLAS VIELMA, NORELKIS VARILLAS VIELMA, YULIVE VARILLAS PORTILLO, ROSALBA DEL VALLE VARILLAS PORTILLO, JAIRELYS CHARLEY RANGEL VARILLAS, JAIBY YAIKELY RANGEL VARILLAS, venezolanas mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros: 13.213.412, 13.545.613, 9.366.704, 10.874.123, 20516.105, 20516.104, las dos últimas como herederas de la extinta: JAKELIN VARILLAS PORTILLO.
ACCIONADOS: HOLANDA GUERRERO RIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.- 9.361.677 y sus hijos YULBER MARIALY VARILLAS GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.- 24.527.370 y (SE OMITE DE ACUERDO A Lo establecido en el ARTICULO 65 LOPNNA).

MOTIVO: PARTICIÓN DE HERENCIA


SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

Vista la anterior solicitud de fecha 30/05/2013, suscrita por los ciudadanos: JOEL JESUS FIGUEROA ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 145.467, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MAYALBERT VARILLAS VIELMA, NORELKIS VARILLAS VIELMA, YULIVE VARILLAS PORTILLO, ROSALBA DEL VALLE VARILLAS PORTILLO, JAIRELYS CHARLEY RANGEL VARILLAS, JAIBY YAIKELY RANGEL VARILLAS, venezolanas mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros: 13.213.412, 13.545.613, 9.366.704, 10.874.123, 20516.105, 20516.104, las dos últimas como herederas de la extinta: JAKELIN VARILLAS PORTILLO. No compareciendo a la Audiencia de Mediación fijada, ni por si ni por medio de apoderado judicial. En razón a ello y por disposición expresa del artículo 472 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, éste Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Declara Desistido el procedimiento En consecuencia, se declara extinguido el procedimiento y terminado el asunto con el archivo del expediente. Se deja constancia que esta decisión fue proferida en forma oral con presencia de la Defensora Pública de los adolescentes de autos y publicada el día de hoy. Se acuerda devolución de originales. Es todo. Diaricese y Cúmplase.
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Jueza Quinta de Primera Instancia de
Sustanciación, Mediación y Ejecución ABG. LUIS SANCHEZ
ABG. ELENA MORA DE OJEDA EL SECRETARIO