REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

Barinas, 20 de Marzo 2017
206° y 158º


Vista la anterior demanda de Partición de Herencia a la Sucesión interpuesta por la ciudadana CARMEN LUISA LEON AZUAJE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-18.290.102, asistida por los abogados Edgar Alexander Castillo Sayago y José Gregorio Colina, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 175.555 y 204.114, con domicilio procesal en la Avenida Cruz Paredes, Edificio Canepa, piso 02, oficina 02, Bufete Colina & Abogados, al lado de la casa del ventilador, en la ciudad de Barinas Municipio Barinas del Estado Barinas. En consecuencia este Tribunal ADMITE a sustanciación, cuanto lugar en derecho se refiere, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley; Se ordena citar a las partes demandadas ciudadanos Gaudis Vicenta Azuaje de Mangano, Rosa Virginia Azuaje Leal de Leal, Jesús Guillermo Azuaje Leal, Senovia del Carmen Azuaje Leal, José Acacio Azuaje Leal, Samuel Darío Azuaje Leal, Ángel Israel Azuaje Leal, María Margarita Azuaje Leal y Betzaida de Jesús Azuaje Leal, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-3.132.409, V-3.132.060, V-4.258.991, V-4.261.522, V-4.927.177, V-8.138.901, V-8.146.670, V-8.146.669 y V-9.260.55; respectivamente, para que comparezcan por ante este Juzgado Agrario dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a la constancia que repose en autos de su citación conforme a lo dispuesto en el artículo 200 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, dentro de las horas de despacho comprendidas de ocho y media de la mañana (8:30 a.m.) a tres y treinta de la tarde (3:30 p.m.) a los fines que proceda a dar contestación a la demanda.
Se advierte a la parte actora que se librarán la Boletas de citación una vez que consigne las copias del libelo para su debida certificación por esta instancia agraria de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Para la elaboración de la compulsa por la secretaría de esta instancia agraria y se entregará al Alguacil de este despacho encargado de practicarlas.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por secretaría de conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil y a los fines de los Ordinales 3° y 9° del artículo 92 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en Barinas a los diecisiete días del mes de Marzo de 2017.

El Juez,
LEONARDO JIMENEZ MALDONADO.



La Secretaria Temporal
MARIA LUISA VELANDIA

En la misma fecha, siendo las doce y cincuenta y siete de la tarde (12:57 p.m.) se publicó y registro la anterior decisión, no se libró la boleta de citación .Conste.

La Secretaria Temporal
MARIA LUISA VELANDIA


Exp. JA1B-5503-16
LJM/MJV/dm.-