REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA




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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Socopó, 16 de Marzo de 2.017.
206º y 157º

Vista la diligencia anterior presentada 15/03/2017, por el abogado en ejercicios JHAN CARLOS VIVAS MÉNDEZ, donde consigna consulta de status de solicitud titulo de adjudicación de tierras, y el escrito de Solicitud de Justificativo de Perpetua Memoria, (Titulo Supletorio de propiedad), asistiendo a la ciudadana LUZ HERNÁNDEZ RIVERAS RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nro V- 20.519.953, domiciliado en el Sector el Dragal, Parroquia el Cantón Municipio Andrés Eloy Blanco, del estado Barinas Sector Caño Grande del Municipio Antonio José de Sucre del Estado Barinas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, ADMITE la solicitud de “TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD”, y a los fines de constatar los hechos y afirmaciones en que se fundamenta la presente solicitud, estima necesario la realización de inspección judicial, en el predio denominado EL RABANAL”, con una extensión aproximadamente de cien hectáreas con cero cero y ochenta y dos metros cuadrados (100 has, con 0.082. Mtrs2), cuyos linderos particulares son: Norte: Con mejoras de Eddy Nicomedes Hernández y Ariosto Hernández; Sur: Con Caño Turiban; Este: Con Mejoras de Agropecuaria Carrao y; Oeste: Con Mejora de Eddy Nicomedes Hernández; en consecuencia, se fija la práctica de la referida Inspección Judicial para el día miércoles veintidós de marzo del año dos mil diecisiete, a las ocho y treinta minutos de la mañana, (8:30am), en tal sentido, se hace saber que el práctico que acompañe al Tribunal será juramentado en la oportunidad del traslado en cuestión. Por último se acuerda oficiar al Ingeniero JOSÉ DOMINGO DUQUE, a los fines de que funja como práctico en la práctica de la Inspección judicial. Líbrense oficios. Diarícese. Cúmplase
El Juez,

Abg. ORLANDO JOSÉ CONTRERAS LÓPEZ.
El SECRETARIO,
Abg. FERNANDO DIAZ.