REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Barinas
Barinas, dieciocho de abril de dos mil diecisiete
206º y 158º
ASUNTO : EP41-V-2016-000261
DEMANDANTE: MARILU ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la C.I Nº V-13.230.837
DEMANDANDA PORFIRIO MANCILLA GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la C.I Nº V-10.904.927.
MOTIVO: DIVORCIO CONTENCIOSO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Vista la anterior causa de fecha 19/12/2016, suscrita por la ciudadana MARILU ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la C.I Nº V-13.230.837, en contra del ciudadano PORFIRIO MANCILLA GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la C.I Nº V-10.904.927, padres del adolescente, de 16 años de edad, nacido el 20/12/1999. No comparecieron las partes a la Audiencia de Sustanciación fijada, ni por si ni por medio de apoderado judicial. En razón a ello y por disposición expresa del artículo 477 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Declara Desistido el procedimiento en consecuencia, se declara extinguido el procedimiento y terminado el asunto con el archivo del expediente. Se deja constancia que esta decisión fue proferida en forma oral y publicada el día de hoy. Se acuerda devolución de originales. Es todo. Diaricese y cúmplase.
Abg. LEANDRA ARMARIO BLANCO
Juez Segundo de Primera Instancia
De Mediación, Sustanciación y Ejecución
EL SECRETARIO
Abg. Ruben Cadenas
|