REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Barinas
Barinas, veinte de marzo de dos mil diecisiete
206º y 158º

ASUNTO : EP41-V-2016-000119

DEMANDANTE: EDDY MARINA GONZALEZ CARRASCO, Nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.554.252.
DEMANDADO: JESUS ALFREDO APONTE YANCE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-11.713.352
NIÑO: (SE OMITE DE ACUERDO A Lo establecido en el ARTICULO 65 LOPNNA).


MOTIVO: OBLIGACIÒN DE MANUTENCIÒN

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Vista la anterior causa de fecha 03/11/2016 suscrita por la ciudadana EDDY MARINA GONZALEZ CARRASCO, Nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.554.252, madre de las niñas (morochas), de 09 años de edad, nacidas en fecha 19/09/2005, asistida por la abogado ANA MERCEDES MORENO, Defensora Pública Segunda en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes incoada contra el ciudadano JESUS ALFREDO APONTE YANCE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-11.713.352. No compareciendo a la Audiencia de Mediación fijada, ni por si ni por medio de apoderado judicial. En razón a ello y por disposición expresa del artículo 470 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes éste Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Declara Desistido el procedimiento En consecuencia, se declara extinguido el procedimiento y terminado el asunto con el archivo del expediente. Se deja constancia que esta decisión fue proferida en forma oral y publicada el día de hoy. Se acuerda devolución de originales. Es todo. Diaricese y Cúmplase.


Abg. LEANDRA ARMARIO BLANCO
Juez Segundo de Primera Instancia
De Mediación, Sustanciación y Ejecución
EL SECRETARIO


ABG. FERNANDO FLOREZ