REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.-
Sabaneta, 09 de Marzo de 2.017.-
206° y 157°

Demandante: AVENDAÑO S. ALEXANDER R.
Demandado: PARRA B. MARIA A.
Juicio: Fijación de Obligación Manutención
Expediente: 17-722
Homologación de Convenimiento de pago
Sentencia Nº 21

Este Tribunal visto el acta de convenimiento del acto conciliatorio en el Juicio de Convenimiento de la Fijación de Obligación de Manutención, bajo el Nº 17-722, Intentado por: AVENDAÑO SANCHEZ ALEXANDER RAMON, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-11.709.127, contra la Ciudadana: PARRA BASTIDAS MARIA ALEJANDRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.757.007, donde la Solicitante: AVENDAÑO SANCHEZ ALEXANDER RAMON, Expone: Ciudadana Juez Ya que actualmente estamos separados hemos convenido de común acuerdo dejar constancia que le pasare la Obligación de Manutención a mi hija la suma de QUINCE MIL BOLIVARES (Bs. 15.000,00) Mensuales, y en el mes de Agosto SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 60.000,00) para los útiles escolares, y en el mes de Diciembre QUINCE MIL BOLIVARES (Bs. 15.000,00) mas, el 50% de los gasto de la ropa decembrina, en cuanto a la medicina asumo el Cincuenta por Ciento (50%), de los gastos, solicito que el régimen de convivencia familiar sea abierto y dichas cantidades que me sean descontado por nomina. Expone la Ciudadana: PARRA BASTIDAS MARIA ALEJANDRA: “Acepto lo convenido y ofrecido por el padre de mi hija, Ambas partes solicitan al Tribunal Homologue del presente Convenimiento de la Fijación de Obligación de Manutención, y el expediente al archivo judicial. Para su (s) menor (s) Hijo (s): Maoly del Valle, de 16 años de edad. Por lo anteriormente expuesto se ordena su HOMOLOGACION, por no ser contraria ha derecho o alguna disposición expresa de la ley, se acuerda en conformidad. En consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO DE PAGO DE FIJACION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, suscrito entre las partes y procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Se ordena el archivo del presente expediente.
Publíquese, Regístrese en copias certificadas expedidas por la secretaria.
Dada, firmada y Sellada en la sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Sabaneta, a los Nueve (09) días del Mes de Marzo del Dos Mil Diecisiete. Años: 206° de la Independencia y 157° de la Federación.-


LA JUEZA


DRA. NANCY ANGEL VARGAS

EL SECRETARIO

Abg. ARGENIS RODOLFO SILVA

NAV/wf
EXP: 17-722

En fecha: 09-03-2.017, se publico la anterior sentencia, siendo las 10:00 a.m. Conste.-

EL SECRETARIO

Abg. ARGENIS RODOLFO SILVA