REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Barinas
Barinas, veinte de marzo de dos mil diecisiete
206º y 158º


ASUNTO : EP41-V-2017-000032

DEMANDANTE: GREICY BRIGITTE ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V.- 17.386.945.

DEMANDADO: LUIS ENRIQUE SULBARAN MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad C.I V- 9.269.447.

NIÑOS, NIÑAS Y/O ADOLESCENTES

ABOGADOS ASISTENTES: Abogados en ejercicio: ALI MACARIO RIVAS, titular de la cédula de identidad Nº V.- 11.710.696, INPREABOGADO Nº 177.034, y RODIXEL LENIN SANTIAGO MORA Inpreabogado. No. V- 5.446
MOTIVO: DIVORCIO CONTENCIOSO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA


Examinadas las actas procesales que conforman el presente expediente y en especial el acuerdo en que llegaron las partes para poner fin a este proceso, los ciudadanos GREICY BRIGITTE ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V.- 17.386.945 LUIS ENRIQUE SULBARAN MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad C.I V- 9.269.447.mediante acta de fecha 08/03/2017 donde la ciudadana: GREICY BRIGITTE ROMERO, manifiesta su deseo de desistir del presente procedimiento de divorcio contra su legítimo esposo LUIS ENRIQUE SULBARAN MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad C.I V- 9.269.447, quien en este mismo acto manifiesta la intención de acordar otra forma de solución a la crisis conyugal que están viviendo con su esposa ya nombrada y solicitan al Tribunal dar por concluido este proceso y homologue dicho desistimiento asi mismo que ordene la devolución de los originales que cursan en el expediente previa certificación de los mismos, y es por lo que ese TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara DESISTIDO la acción de divorcio intentada POR LA CIUDADANA GREICY BRIGITTE ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V.- 17.386.945, contra su cónyuge LUIS ENRIQUE SULBARAN MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad C.I V- 9.269.447 de conformidad con lo previsto en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el cual tiene efecto de sentencia firme ejecutoriada, poniendo fin al presente proceso. Dada, firmada y sellada en el Despacho Judicial a cargo de la Jueza del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los veinte (20) días del mes de marzo del año 2017. Años: 207º de la Independencia y 158º de la Federación.


Abg. Elena Mora de Ojeda
Jueza Quinta de Primera Instancia de
Mediación, Sustanciación y Ejecución

Secretario
Abg. Rafael Quintana