REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 02 de Mayo de 2017
206º y 158º

Vista la diligencia suscrita en fecha 25 de Abril de 2017, cursante al folio ciento diecisiete por la ciudadana Herley Dayana Mendoza asistida por la Abogada Maria Belén Guglielmo inscrita en el inpreabogado Nº 20.780, a los fines de conferir poder Apud Acta a los abogados Jorge Enrique Abad y Maria Belén Guglielmo Benavides, ambos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros 8.188.496 y 13.949.630, en su orden correspondiente. En consecuencia téngase como apoderados judiciales de la parte actora a los demandadas de conformidad con el articulo 202 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, se acuerda de conformidad; en consecuencia notifíquese mediante cartel a las ciudadanas Yeni Yesenia Garrido y Marlenis Marquez, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V- 10.556.911, y V- 9.269.886; respectivamente y ambas domiciliadas en el predio mis 3 retoños sector la Urorita Parroquia Alto Barinas, Municipio Barinas del Estado Barinas, a fin de que comparezca a darse por citadas por ante este Tribunal dentro de los (03) días de despacho siguientes a la fijación y posterior consignación en autos del presente cartel y fíjese uno en la morada del demandado otro en la cartelera del Tribunal y otro publíquese en el “DIARIO DE LOS LLANOS”
EL JUE
LEONARDO JIMENEZ MALDONADO
LA SECRETARIA,
JENNIE W SALVADOR P.
En la misma fecha se libro el oficio Nº . Conte

Scia
JENNIE W SALVADOR P.


LJM/JWSP/rb
Exp. Nº 5552-17.