REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Barinas
Barinas, cinco de mayo de dos mil diecisiete
207º y 158º

ASUNTO : EP41-V-2016-000231
DEMANDANTE: EGILNORMER MONSETRRAT BRAVO, venezolana, mayor de edad, C.I Nro. V-17.664.698, asistida por la abogada SORALBA DAYANA QUINTERO BRIZUELA, inscrita en el inpreabogado bajo el número: 110.699
DEMANDANDO EDGAR GUSTAVO MONTILVA, venezolano, mayor de edad, C.I Nro. V-12.229.496, asistido por el abogado ALEXANDER RAMÒN AZUAJE ALMEIDA, inscrito en el inpreabogado bajo el número: 231.742.

NIÑOS/ADOLESCENTES:

MOTIVO: PARTICIÒN DE LA COMUNIDAD CÒNYUGAL.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Vista la anterior causa ingresada en fecha 06/12/2016, suscrita por la ciudadana EGILNORMER MONSETRRAT BRAVO, venezolana, mayor de edad, C.I Nro. V-17.664.698, asistida por la abogada SORALBA DAYANA QUINTERO BRIZUELA, inscrita en el inpreabogado bajo el número: 110.699 en contra del ciudadano EDGAR GUSTAVO MONTILVA, venezolano, mayor de edad, C.I Nro. V-12.229.496, padres de la adolescente, nacida el 22/09/2004, de 12 años de edad y visto el desistimiento de la demandante en la audiencia de sustanciación Con convencimiento del demandado en razón a ello y por disposición expresa del artículo 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Homologa el desistimiento y Declara Desistido el procedimiento en consecuencia, se declara extinguido el procedimiento y terminado el asunto con el archivo del expediente. Se deja constancia que esta decisión fue proferida en forma oral y publicada el día de hoy. Se acuerda devolución de originales. Es todo. Diaricese y cúmplase.


Abg. LEANDRA ARMARIO BLANCO
Juez Segundo de Primera Instancia
De Mediación, Sustanciación y Ejecución
EL SECRETARIO


Abg. Rubén Cadenas