REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SOSA Y ROJAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Santa Rosa, 08 de Mayo de 2017.
207º y 158º


EXPEDIENTE: N° OM-133-17.-
PARTE DEMANDANTE: NORIANNYS ANDREINA NEITO URQUIA.
PARTE DEMANDADA: WILLIAN ALEJANDRO GUERRA ARTAHONA.
MOTIVO: HOMOLOGACION A CONVENIMIENTO DE FIJACION DE MANUTENCIÓN.-
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA.-

NARRATIVA
Se inicia el presente procedimiento por Acta de Demanda Oral, cuya Pretensión es la Fijación de Obligación de Manutención, incoada por la Ciudadana: NORIANNYS ANDREINA NIETO URQUIA, Venezolana, Mayor de edad, soltera, oficio del hogar Titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 20.409.084, Telf. N/P domiciliada en el Ramal de Santa Rosa en el Barrio la Peñita, en la Parroquia Santa Rosa del Municipio Rojas del Estado Barinas actuando en su carácter de madre y representante legal de sus hijos: STEFANY ALEJANDRA GUERRA NIETO de siete (07) año de edad y GABRIEL ALEJANDRO GUERRA NIETO de seis (6) año de edad respectivamente y el ciudadano: WILLIAM ALEJANDRO GUERRA ARTAHONA, Venezolano, mayor de edad, soltero, profesión Comerciante, titular de la cedula de identidad Nº V- 23.031.455, Telf. s/n y señalo como su domicilio a los efectos de su citación. 1) Av. Bolívar al frente de la escuela Bolivariana Nicolás Antonio Pulido, en la casa de la Sra. HAYARI ARTAHONA, de la Parroquia Santa Rosa Municipio Rojas del Estado Barinas, acompañada dicha Acta de Demanda Oral, copia del Registro de Nacimiento marcada con la letra “A, B,” copia de la cedula de identidad de la madre marcada con la letra “C” y Constancia de estudios de los niños marcada con la letra “D, E”, mediante la cual Solicita la Obligación de Manutención por la cantidad de: VEINTE MIL BOLIVARES (Bs.20.000,00) Mensuales, 2) La Bonificación del mes de Agosto para la compra de útiles escolares, uniformes y zapatos. La cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (40.000,00) mas la mensualidad, 3) En el mes de DICIEMBRE, para la compra de ropa, zapatos, (estrenos) de fin de año, la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 40. 000,00) y la mensualidad, así mismo solicito se establezca el cincuenta por ciento (50%) de los gastos generados por medicinas y gastos médicos y cualquier otro gasto eventual que se presente debido a su desarrollo integral.-

En fecha 31 de Marzo de 2017, fue admitida conforme a derecho la presente pretensión, por no ser contraria al Orden Público, las Buenas Costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 511 de la LOPNA, se ordena citar al Demandado para que comparezca al tercer día de despacho siguientes a que conste en autos su citación; se libró oficio de citación al demandado; para la práctica de la misma, se ordena al alguacil de éste Tribunal.-
En fecha 24 de Abril de 2.017, se recibió diligencia suscrita por el alguacil de éste Juzgado, donde consigna la boleta de citación firmada por el demandado: WILLIAM ALEJANDRO GUERRA ARTAHONA.-

Para decidir el Tribunal Observa:

Fue consignado la Copia del Registro de Nacimiento Original de los niños: STEFANY ALEJANDRA GUERRA NIETO de siete (07) año de edad y GABRIEL ALEJANDRO GUERRA NIETO de seis (6) año de edad respectivamente, donde se desprende que efectivamente el ciudadano demandado WILLIAM ALEJANDRO GUERRA ARTAHONA, es el padre de los mismos.-

En fecha 27 de Abril de 2017 comparecen los ciudadanos: NORIANNYS ANDREINA NIETO URQUIA y WILLIAM ALEJANDRO GUERRA ARTAHONA, ya identificados convinieron por ante éste Tribunal, en que el padre de los niños pasara las siguientes cantidades como Fijación de Obligación de Manutención, a favor de sus hijos ya mencionados:

PRIMERO: En este acto conciliatorio no ofrezco cantidad en dinero para la manutención de mis hijos, me comprometo a comprar la comida necesaria (cesta básica) y se la entregare cada quince días, a la madre de mis hijos.
SEGUNDO: En cuanto a la Bonificación del mes de agosto el padre se compromete en este acto comprar todo lo referente a uniformes, zapatos y útiles escolares entre otros, para los dos niños.-
TERCERO: En cuanto a la Bonificación Especial de Fin de Año me comprometo con la a cubrir todos los gastos de Estrenos de Navidad y Año nuevo para mis hijos.-
CUARTO: En cuanto a los gastos Médicos y Medicinas que se presenten con mis hijos, me comprometo a aportar el Cincuenta por ciento (50%) de los mismos, con los justificativos medico lo más pronto posible.
Seguidamente toma el derecho de palabra la ciudadana: NORIANNYS ANDREINA NIETO URQUIA, Identificada en autos y concedido como le fue expreso: manifiesta estar de acuerdo con el ofrecimiento realizado por el ciudadano: WILLIAM ALEJANDRO GUERRA ARTAHONA.