REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Barinas
Barinas, cuatro de mayo de dos mil diecisiete
207º y 158º

ASUNTO : EP41-J-2017-000292

SOLICITANTE: MARIA VIRGINIA HIDALGO TRIVIÑO, titular de la cedula de identidad Nº V-17.659.263, domiciliada en el municipio Barinas, del estado Barinas.

MOTIVO: CURATELA

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

Vista la anterior causa de fecha 30/03/17., suscrita por la ciudadana: MARIA VIRGINIA HIDALGO TRIVIÑO, titular de la cedula de identidad Nº V-17.659.263 madre de los Adolescentes/niños (SE OMITE DE ACUERDO A Lo establecido en el ARTICULO 65 LOPNNA).mediante la cual solicita a este tribunal nombre un CURADOR AD-HOC, para sus hijos, por cuanto tiene previsto contraer matrimonio.
No comparecieron las partes a la Audiencia de Sustanciación fijada, ni por si ni por medio de apoderado judicial. En razón a ello y por disposición expresa del artículo 477 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, éste Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Declara Desistido el procedimiento , en consecuencia, se declara extinguido el procedimiento y terminado el asunto con el archivo del expediente. Se deja constancia que esta decisión fue proferida en forma oral y publicada el día de hoy. Se acuerda devolución de originales. Es todo. Diaricese y cúmplase.



Abg. ELENA MORA DE OJEDA
Jueza Quinta de Primera Instancia
De Mediación, Sustanciación y Ejecución
EL SECRETARIO

ABG. LUIS SANCHEZ