REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 28 de Noviembre de 2017
207° y 158°
Vista la solicitud de Justificativo de Perpetua Memoria (Título Supletorio), interpuesta por la ciudadana YUDITH GARCIA OSORIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-10.715.129, asistida por el abogado Yarian Calderón Burgos, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-20.868.750 e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 235.277, mediante la cual solicita Título Suficiente de Propiedad sobre unas bienhechurias fomentadas en una parcela de terreno municipal, ubicada en el Sector el Caipito de la Parroquia Obispos del Municipio Obispos del Estado Barinas, cuyos linderos son: Norte: Vía la Vincler; Sur: Mejoras de Luis Beltrán; Este: Mejoras de Nely Medina y José Flores; y Oeste: Mejoras de Maribel Reyes, con una superficie total de dos mil doscientos siete metros cuadrados (2.207 m2). Este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, ADMITE: la solicitud de Justificativo de Perpetua Memoria (Título Supletorio); y a los fines de constatar los hechos y afirmaciones en que fundamentan la presente solicitud estima necesario realizar Inspección Judicial. En consecuencia, se fija para el día 30 de Noviembre de 2.017, a las ocho y treinta de la mañana (8.30 a.m.), la práctica de la referida Inspección Judicial. Asimismo en aras de procurar la estabilidad en la presente solicitud y a los fines de mantener el correcto desenvolvimiento del proceso con las debidas garantías, los principios constitucionales consagradores del derecho a la defensa, del debido proceso, de igualdad de las partes y el derecho a la tutela judicial efectiva, se ordena la Publicación de un cartel de emplazamiento dirigido a todas aquellas personas que se crean con derecho sobre el fundo objeto de la presente solicitud, para que comparezcan ante este Tribunal al décimo quinto día de despacho siguiente a la consignación en autos del precitado cartel, de conformidad con lo previsto en los artículos 7 y 900 del Código de Procedimiento Civil, el cual se ordena publicar en el “Diario De Los Llanos” de esta localidad..
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por secretaría de conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil y a los fines de los Ordinales 3° y 9° del artículo 92 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en Barinas a los veintiocho (28) días del mes de Noviembre de 2017.
El Juez,
LEONARDO JIMENEZ MALDONADO.
La Secretaria
MARIA LUISA VELANDIA.
En la misma fecha, siendo las doce y media de la tarde (12:30 pm.) se publicó y registro la anterior decisión. Conste.
La Secretaria
MARIA LUISA VELANDIA.
Sol. Nº 347-17
LJM/MLV/ll
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