REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 29 de Noviembre de 2017
207° y 158°
Vista la solicitud de Justificativo de Perpetua Memoria (Título Supletorio), interpuesta por los ciudadanos JUDITH DEL CARMEN LOPEZ DE OLIVAR y JESUS ADELMO OLIVAR QUINTERO, ambos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-9.842.310 y V-8.136.430 respectivamente, asistidos por la abogada Diomeris Benirba Rodríguez Berríos, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-17.550.261 inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 193.061, mediante la cual solicita Título Suficiente de Propiedad sobre unas bienhechurias fomentadas en un lote de terreno denominado “LA LOPERA”, ubicado en el sector “El Guamito-El Rodeo”, asentamiento campesino sin información, Parroquia Alto Barinas, municipio Barinas del estado Barinas, cuyos linderos son: Norte: Terreno ocupado por Ricardo Gonzáles; Sur: Terrenos ocupados por Wilson Moliniba; Este: Vía Principal; y Oeste: Terrenos ocupados por Luis Meza, con una superficie total de Diez hectáreas con cinco mil novecientos dieciséis metros cuadrados (10, Has con 5.916 m2). Este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, ADMITE: la solicitud de Justificativo de Perpetua Memoria (Título Supletorio); y a los fines de constatar los hechos y afirmaciones en que fundamentan la presente solicitud estima necesario realizar Inspección Judicial. En consecuencia, se fija para el día 4 de Diciembre de 2.017, a las dos de la tarde (2.00 p.m.), la práctica de la referida Inspección Judicial. Asimismo en aras de procurar la estabilidad en la presente solicitud y a los fines de mantener el correcto desenvolvimiento del proceso con las debidas garantías, los principios constitucionales consagradores del derecho a la defensa, del debido proceso, de igualdad de las partes y el derecho a la tutela judicial efectiva, se ordena la Publicación de un cartel de emplazamiento dirigido a todas aquellas personas que se crean con derecho sobre el fundo objeto de la presente solicitud, para que comparezcan ante este Tribunal al décimo quinto día de despacho siguiente a la consignación en autos del precitado cartel, de conformidad con lo previsto en los artículos 7 y 900 del Código de Procedimiento Civil, el cual se ordena publicar en el “Diario De Los Llanos” de esta localidad..
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por secretaría de conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil y a los fines de los Ordinales 3° y 9° del artículo 92 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en Barinas a los veintinueve (29) días del mes de Noviembre de 2017.
El Juez,
LEONARDO JIMENEZ MALDONADO
La Secretaria temporal,
MARÍA LUISA VELANDIA
En la misma fecha, siendo las diez y media de la mañana (10:30 a.m.) se publicó y registro la anterior decisión. Conste.
La Secretaria temporal
MARIA LUISA VELANDIA.
Sol. Nº 346-17
LJM/MLV/ll
|