REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barrancas, 04 de octubre del 2.017
206° y 158°
Vista la solicitud que precede suscrita por la ciudadana: LUCY STELLA ROBLES CERMEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.688.022, civilmente hábil, asistida por el abogado en ejercicio WILLIANS RAFAEL NUÑEZ, titular de la cédula de identidad N° V-3.769.698, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 203.012, conforme a la cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de: UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (BS 1.500.000.00) cuya situación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un título que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías, solicita se le declare bastante y suficientemente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías antes dichas. Fue acompañado Autorización expedida por la Sindico Procurador del Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas y levantamiento topográfico. Este Tribunal considero que de la justificación aludida conforme a los testimoniales rendidos por los ciudadanos: YOHANA YECENIA VALDERRAMA MORILLO, CARLOS AGUSTIN LOZA y JOSEFINA MORENO PAEZ, debidamente identificados, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos de la solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana: LUCY STELLA ROBLES CERMEÑO, antes identificada, sobre un conjunto de mejoras y bienhechurías sobre una parcela de terreno propiedad del Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas, constante de DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CINCO CENTIMETROS (2.258.35 MTS 2) y un área de construcción de CIENTO SETENTA Y UN METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMETROS (171.55 MTS 2) ubicada en el Sector Campo Alegre, Parroquia Barrancas Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas, comprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con mejoras y bienhechurías que son o fueron de Antonio Delgado. SUR: Con mejoras y bienhechurías que son o fueron de Luis Morillo; ESTE: Con mejoras y bienhechurías que son o fueron de Johana Landaeta y Luis Morales y OESTE: Con calle Caja de Agua (calle principal), ha construido y fomentado, una casa de habitación familiar, construida con paredes de bloques de cemento frisados, pisos de cemento, con porche y corredor, techo de acerolit; ventanas y puertas de metal sembradíos de árboles frutales de diferentes especies, cercas de alambre de púas y estantillos de madera, con sus servicios públicos y servidumbres. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Déjese constancia en el libro diario. Es todo. Terminó se leyó y conformes firman.-
El Juez,
Abg. Wilmer E. Morillo.
El Secretario,
Abg. Juan Vicente Montes.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se devuelve Conste.-
El scrio, Montes
Solic. N° -120-17.-
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