REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Barinas
Barinas, veintinueve de septiembre de dos mil diecisiete
207º y 158º

ASUNTO : EP41-V-2017-000212
DEMANDANTE: ATKINSON ARGENIS VARGAS ARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-23.008.196.
DEMANDADA: KATHERIN THAIRY ERAZO ARISMENDI, venezolana, mayor de edad, C.I Nº V-22.981.547.
NIÑOS, NIÑAS Y/O ADOLESCENTES
.
MOTIVO: CUSTODIA
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

Vista la anterior causa de fecha 30/03/2017, suscrita por el ciudadano ATKINSON ARGENIS VARGAS ARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-23.008.196, padre de la niña, de seis (06) años de edad, fecha de nacimiento 12/07/2011, asistido por la Defensora Pública Tercera abogada MARÍA AMPARO GÓMEZ. El demandante no compareció a la audiencia de mediación fijada, ni por si ni por medio de apoderado judicial. En razón a ello y por disposición expresa del artículo 472 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes éste Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Declara Desistido el procedimiento En consecuencia, se declara extinguido el procedimiento y terminado el asunto con el archivo del expediente. Se deja constancia que esta decisión fue proferida en forma oral y publicada el día de hoy. Se acuerda devolución de originales. Es todo. Diaricese y Cúmplase.


Abg. LEANDRA ARMARIO BLANCO
Juez Segundo de Primera Instancia
De Mediación, Sustanciación y Ejecución
La Secretaria


Abg. Maribel Moreno