REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Barinas.
Barinas, 20 de septiembre de 2017
207º y 158º
ASUNTO PRINCIPAL : EL03-S-2009-000002
ASUNTO : EL03-S-2009-000002
AUTO FUNDADO DE ORDEN DE APREHENSIÓN
Visto el auto de ejecución de sentencia dictado en fecha 05/03/2014 por el tribunal de ejecución Nº 02 penal ordinario, en el cual se deja constancia de la procedencia de la suspensión condicional de la ejecución de la pena, asimismo se observa que en fecha 20/04/2014 existe consignación positiva de boleta de notificación Nº 1536 en relación al penado MIGUEL ÁNGEL QUINTERO GONZÁLEZ, Venezolano, Soltero, Nacido en Barinas Estado Barinas, en fecha 14/10/1961, de 52 años de Edad, Titular de la Cédula de Identidad número V- 9.382.935, de Profesión u Oficio Herrero, Hijo de María Honoria de Quintero (V) y de Héctor Elio Quintero (V), residenciado en la Calle 7 casa Nº 462, Barrio Primero de Diciembre, Cuarta Etapa, en Barinas Estado Barinas. Telf. 0416-0589880; este Tribunal Único de Ejecución con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer una vez abocado al conocimiento de la causa observa que el penado presenta conducta contumaz al proceso, toda vez que se encuentra notificado desde el 20/04/2014 del lapso de treinta (30) días con el que contaba para consignar los recaudos necesarios para la procedencia del beneficio de suspensión condicional de la ejecución de la pena; aunado a ello el penado no ha consignado ningún recaudo superando con creces el lapso establecido por el tribunal; a dicho penado en fecha 18 de noviembre de 2013, el tribunal de juicio Nº 01 con competencia en materia de delitos contra la mujer dicto Sentencia Condenatoria, por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS, publicada dentro del lapso legal correspondiente, y una vez vencido el lapso de ley fue remitida al Tribunal de Ejecución correspondiente. Ahora bien, este Tribunal Único de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en base a los razonamientos expuestos y a los fines de librar Orden de Aprehensión observa: Que el penado presenta una conducta contumaz, toda vez que no ha comparecido injustificadamente por ante este Tribunal, a pesar de estar a derecho y del llamado que se le hiciere en su oportunidad legal, motivo por el cual expide en la presente causa ORDEN DE APREHENSION en contra del penado MIGUEL ÁNGEL QUINTERO GONZÁLEZ, supra identificado, en consecuencia se acuerda oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Barinas, que será el órgano encargado de ejecutarla. Líbrese lo conducente. Notifíquese la presente decisión a todas las partes. Diarícese, Regístrese. Déjese Copia.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Único de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los veinte (20) días del mes de septiembre de 2017.
La Jueza de Primera Instancia en Función de Ejecución
La Secretaria
Abg. Carol Jizze Cabeza Pérez
Abg. Francheska Castillo