REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.

Barrancas, 11 de abril del 2.018
207° y 159°

Vista la solicitud que precede suscrita por la ciudadana: YOHANA YECENIA VALDERRAMA MORILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros. V-15.329.852, asistida por el abogado en ejercicio: JESUS JAVIER GUERRA SARMIENTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 199.578, conforme a la cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,00), cuya situación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un título que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías, solicita se le declare bastante y suficientemente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras y bienhechurías antes dichas. Fue acompañado Autorización expedida por la Sindico Procurador del Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas y levantamiento topográfico. Este Tribunal considero que de la justificación aludida conforme a los testimoniales rendidos por los ciudadanos: JOSE LUIS FRANCIS BERRIOS y NELLY MARGARITA MORILLO, debidamente identificados, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos de la solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana: YOHANA YECENIA VALDERRAMA MORILLO, antes identificada, sobre un conjunto de mejoras y bienhechurías sobre una parcela de terreno propiedad del Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas, constante de seiscientos sesenta y cinco con ochenta y un metros cuadrado (665.81 m²), ubicada en la calle España con Avenida Palacios Lozano, Casa No. 16, sector 12 de Octubre, Parroquia Barrancas, Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas, la cual tiene un área de construcción de cuatrocientos sesenta y siete con treinta y seis metros cuadrados (467.36 m²), Cuyos linderos son: NORTE: Con casa de Auristela Bidal; SUR: Con Avenida Palacios Lozano; ESTE: Con solar de Luz Marina Urbina y OESTE: Con Calle España, constante de una casa familiar construida de techo de acerolit, paredes de bloques frisadas, piso de cemento pulido, empotramiento de aguas blancas y aguas negras, cinco (5) habitaciones, dos (2) salas, un (1) baño, una (1) cocina, un (1) comedor, una (1) área de servicio, garaje y local comercial, Puertas y Ventanas de hierro. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Déjese constancia en el libro diario. Es todo. Terminó se leyó y conformes firman.-
La Jueza,

Abg. Maria Elena Briceño Bayona.

La Secretaria Temporal,

Abg. Yohana Valderrama.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se devuelve Conste.-
La scria, Valderrama.
Solic. N° -167-18.-