Santa Rosa, 27 Abril del 2018
208° y 159°

PARTE DEMANDANTE: CESAR JOSE BRIZUELA ALCALDE venezolano, mayor de edad, obrero, titular de la cédula de identidad Nº V-16.372.433.
PARTE DEMANDADO: ANDREINA DEL CARMEN ALDANA SILVA, venezolana, mayor de edad, oficios del hogar, titular de la cédula de identidad Nº V-19.193.111.
MOTIVO: OFRECIMIENTO DE FIJACION DE MANUTENCION.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA.

Se inicia el presente procedimiento por la presencia del ciudadano CESAR JOSE BRIZUELA ALCALDE, venezolano, mayor de edad, obrero, titular de la cédula de identidad Nº V-16.372.433 poseedor del numero telefónico 0426-7523701, con domicilio el barrio El Tigre, calle Principal en la entrada de Santa Rosa, en casa de la ciudadana: Doris Esteban Parroquia Santa Rosa, Municipio Rojas, Estado Barinas; quien manifiesta que no esta asistido por abogado por no tener recursos económicos para pagar los honorarios y expone: “Soy padre de una (01) niña de nombre: ALEXANDRA DEL CARMEN BRIZUELA ALDANA, de seis (06) años, procreada con la ciudadana: ANDREINA DEL CARMEN ALDANA SILVA, venezolana, mayor de edad, oficios del hogar, titular de la cédula de identidad Nº V-19.193.111, sin numero telefónico, con domicilio al final de la Manga de Coleo Pepe Hernández en el barrio La manga cerca de la casa del señor Manuel Díaz El Herrero, Parroquia Santa Rosa, Municipio Rojas, Estado Barinas, demanda ésta que fue interpuesta en fecha 23/04/2.018, por ante éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Rojas y Sosa de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, acompañada dicha Acta de Demanda Oral, de la copia del Registro de Nacimiento emitido por la oficina o unidad del Registro Civil de la parroquia (libertad) Municipio Rojas del estado Barinas, riela al folio dos (02), constancia de estudio de la niña riela al folio tres (03), copia de la cedula de identidad del padre riela al folio cuatro (04), mediante la cual expone: acudo a su competente autoridad a los fines de ofrecer a favor de mi hija: ALEXANDRA DEL CARMEN BRIZUELA ALDANA, por concepto de Ofrecimiento de Fijación de Manutención la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00) mensuales, en la Bonificación especial de fin de año me comprometo a cubrir todos los gastos del día 24 de diciembre y solicito a la madre cubra todos los gastos del 31 de diciembre, y en la Bonificación especial del mes de Agosto-Septiembre me comprometo a cubrir el 50% de los gastos para el inicio del año escolar y a su vez solicito que la madre cubra el otro 50% para esta bonificación. Así mismo ofrezco cubrir el cincuenta por ciento (50%) de los gatos médicos y por medicamentos y cualquier otra eventualidad que se presente debido a su desarrollo integral. Es todo.