Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes.
Barinas, 04 de Abril de 2018
207º y 159º
EXP. 0054-18
Mediante escrito presentado ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Juzgado Superior, en fecha 22 de Marzo de 2018, por el ciudadano Willians Jesús Chacon Rondon, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.371.382, asistido en este acto por los abogados Jean Carlos Jara González y Amabil Eletani Aponte Medina, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo los Nros 236.974 y 236.971, en su orden, interpuso recurso contencioso administrativo funcionarial contra la Dirección general del Cuerpo de Policía del Estado Barinas.
Corresponde a esta Juzgadora pronunciarse previamente acerca de su competencia para conocer y decidir la querella interpuesta, y al respecto se observa de la revisión de las actas que conforman el expediente, que la presente causa deviene de la relación funcionarial entre el ciudadano Rafael Eduardo Ramírez Rincones y la Dirección General del Cuerpo de Policía del Estado Barinas, asunto éste que encaja en la competencia que le es hoy atribuida a los Juzgados Superiores en lo Civil y Contencioso Administrativo, en los artículos 1 y 93, de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en concordancia con lo previsto en los artículos 25, numeral 6 y 31, de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; de allí que este Tribunal es competente para conocer y decidir el caso bajo análisis, y así se decide.
Seguidamente corresponde verificarse la admisibilidad de la querella funcionarial interpuesta, conforme a lo previsto en el artículo 98, de la Ley del Estatuto de la Función Pública, y en tal sentido, se constata que la presente demanda no se encuentra incursa en ninguna causal de inadmisibilidad, razón por la cual este Tribunal Superior, ADMITE la misma, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. Siendo así, se ordena citar mediante oficio a la ciudadana Procuradora General del Estado Barinas, para que de conformidad con lo establecido en el artículo 99eiusdem, comparezca ante este Juzgado Superior a dar contestación a la querella, dentro de un lapso de quince (15) días de despacho siguientes a su citación, la cual se entenderá consumada una vez transcurran quince (15) días hábiles, contado dicho lapso a partir del día siguiente a que curse en el expediente las resultas de la última formalidad cumplida; remítasele anexas copias fotostáticas certificadas del escrito libelar y del presente auto, así como, copia simple de los anexos de la querella.
Asimismo, se acuerda notificarle y solicitarle, al ciudadano, Director General del Cuerpo de Policía del Estado Barinas, los antecedentes administrativos del caso, debiendo constar los mismos en copias fotostáticas certificadas, debidamente foliadas en letras y números, a tal efecto, se le concede un lapso de quince (15) días hábiles, contados a partir que conste en autos su notificación. Notifíquese al ciudadano Gobernador del Estado Barinas. Anéxeseles copias fotostáticas certificadas del libelo de demanda y del presente auto.
En esta misma oportunidad se acuerda librar los oficios correspondientes a la citación y notificaciones, los cuales serán remitidos una vez que la parte actora consigne los fotostatos necesarios. Para la elaboración de los fotostatos se autoriza al ciudadano Alguacil de este Tribunal Superior.
LA JUEZA PROVISORIA,
MORALBA HERRERA
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ANDREINA PAREDES T
MH/ap/aa
Expediente Nº 0054-2018
En la misma fecha se cumplió lo ordenado. Conste.
Scrio Temp.
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes.
Barinas, 04 de Abril de 2018
207º y 159º
EXP. 0054-18
OFICIO Nº ______
CIUDADANA:
PROCURADORA GENERAL DEL ESTADO BARINAS
SU DESPACHO.
Cumplo en hacer de su conocimiento que este Tribunal Superior, por auto de esta misma fecha (04/04/2018), ADMITIÓ, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el ciudadano Willians Jesús Chacon Rondon, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.371.382, contra la Dirección General del Cuerpo de Policía del Estado Barinas, ordenando su citación a los fines de que dé contestación a la demanda, dentro de un lapso de quince (15) días de despacho siguientes a su citación, la cual se entenderá consumada una vez transcurran quince (15) días hábiles, contados a partir de la fecha en que conste en autos las resultas de la última de las formalidades cumplidas. Se le anexan copias certificadas del escrito libelar y del auto de admisión, así como, copias simples de los anexos de la querella.
Citación que se le hace a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACION,
MORALBA HERRERA.
JUEZA SUPERIOR PROVISORIA.
MH/ap/aa
Expediente Nº 0054-18
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes.
Barinas, 04 de Abril de 2018
207º y 159º
EXP. 0054-18
OFICIO Nº
CIUDADANO:
DIRECTOR GENERAL DE LA DE POLICÍA DEL ESTADO BARINAS.
SU DESPACHO.-
Cumplo en hacer de su conocimiento que este Tribunal Superior, por auto de esta misma fecha (04/04/2018), ADMITIÓ, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el ciudadano Willians Jesús Chacon Rondon, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.371.382, contra la Dirección General del Cuerpo de Policía del Estado Barinas, acordando su notificación, para que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99, de la Ley del Estatuto de la Función Pública, remita a este Órgano Jurisdiccional copia fotostática certificada de los antecedentes administrativos del caso, debidamente foliadas en letras y números, dentro de un lapso de quince (15) días hábiles, contados a partir de que conste en autos su notificación. Se le anexan copias certificadas del libelo de la demanda y del auto de admisión.
Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACION,
MORALBA HERRERA.
JUEZA SUPERIOR PROVISORIA.
MH/ap/aa
Expediente Nº 0054-18
Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes.
Barinas, 04 de Abril de 2018
207º y 159º
EXP. 0054-18
OFICIO Nº .
CIUDADANO:
GOBERNADOR DEL ESTADO BARINAS
SU DESPACHO.
Cumplo en hacer de su conocimiento que este Tribunal Superior, por auto de esta misma fecha (04/04/2018), ADMITIÓ, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el ciudadano Willians Jesús Chacon Rondon, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.371.382, contra la Dirección General del Cuerpo de Policía del Estado Barinas, ordenándose su notificación. Se le anexan copias certificadas del libelo de demanda y del auto de admisión.
Notificación que se le hace a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACION,
MORALBA HERRERA.
JUEZA SUPERIOR PROVISORIA.
MH/ap/aa
Expediente Nº 0054-18
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