REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
208º y 159º

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO, ORAL Y PÚBLICA

En el día de hoy, viernes, 10 de agosto del año 2018, siendo las 10:00 a.m., día y hora fijada por este Tribunal para que tenga lugar la audiencia de juicio, oral y pública, en la causa signada con el Nº EP11-N-2016-000030, contentiva del juicio por Recurso de Nulidad de Acto Administrativo de efectos particulares, incoado por el ciudadano Daniel Eduardo Osorio Paez, titular de la cedula de identidad Nº 17.987.562, contra la Providencia Administrativa N° 00614-2016 dictada por la Inspectoría del Trabajo del estado Barinas de fecha 22 de junio de 2016, se constituye este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas en Sala de Audiencia, presidido por la Jueza, Abg. Enaydy Cordero Colmenares, la secretaria, Abg. Nubia Domacase, y el Alguacil Julio Monsalve, por lo cual se da inicio a la audiencia. Se deja constancia que la reproducción audiovisual de la audiencia se llevará a cabo por el técnico adscrito a éste Tribunal, Omar Cadena. La Secretaria certifica el motivo por el cual se desarrolla la audiencia así como la presencia los abogado Pedro Antonio Morales Aguilar y Albany Rondon, inscritos en el Inpreabogado con los Nros 71.521 y 141.748, en su orden, en representación del tercero interesado Mangocenter, C.A., así como la abogada Olga Gisela Lopez, en su condición de Fiscal Décimo Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción del estado Barinas; igualmente se deja expresa constancia de la incomparecencia ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno de la parte recurrente, los representantes de la Inspectoría del Trabajo del Estado Barinas y la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela. Seguidamente la ciudadana Jueza, vista la incomparecencia de la parte recurrentre y conforme a lo establecido en el articulo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: DISISTIDO EL PROCEDIMIENTO. No hay condenatoria en costas. Se ordena notificar de la presente decisión al ciudadano Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela, para lo cual se exhorta para la práctica de la misma a los Tribunales de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Es todo, término, se leyó y conformes firman:

La Jueza,

Abg. Enaydy Cordero Colmenares

Apoderados judiciales del tercero interesado,

Abg. Albano José Rondon

Abg. Pedro Morales

La Fiscal Auxiliar 13° del Ministerio Público,

Abg. Olga Gisela López

El Técnico Audiovisual,

Omar Cadena

El Alguacil,

Julio Monsalve

La Secretaria,

Abg. Nubia Domacase