REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

Barinas, 29 de Enero de 2018
207° y 158°
Vista la solicitud de Justificativo de Perpetua Memoria (Título Supletorio), interpuesta por la ciudadana Ana del Carmen Torrealba de Reyes, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.383.376, asistida por la abogado Luisa Mercedes Velandia, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-16.636.095, inscrito en el impreabogado bajo el Nº 180.780, mediante la cual solicita Título Suficiente de Propiedad sobre unas bienhechurias fomentadas en una parcela de terreno, perteneciente al Instituto Nacional de Tierra, Ubicada en el sector 1 del antiguo Hato “Palma Sola”, Parroquia “Alto Barinas”, Municipio Barinas, Estado Barinas, cuyos linderos son: Norte: Terrenos que son o fueron ocupados por Yelitza Rivas; Sur: Terrenos que son o fueron ocupados por Yarlis Brumela Ruiz Torrealba; Este: terrenos que son o fueron ocupados por Tibisay Calderón, Sonia Calderón y María Hernández y Oeste: Terrenos que son o fueron ocupados por Franklin bolaños y Gladys Díaz, con una superficie total de Una Hectárea Con Cinco Mil Metros Cuadrados (1 Ha con 5000 m2). Este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, ADMITE: la solicitud de Justificativo de Perpetua Memoria (Título Supletorio); y a los fines de constatar los hechos y afirmaciones en que fundamentan la presente solicitud estima necesario realizar Inspección Judicial. En consecuencia, se fija para el día Jueves 08 de Febrero de 2.018, a la una de la tarde (01:00 p.m.), la práctica de la referida Inspección Judicial. Asimismo en aras de procurar la estabilidad en la presente solicitud y a los fines de mantener el correcto desenvolvimiento del proceso con las debidas garantías, los principios constitucionales consagradores del derecho a la defensa, del debido proceso, de igualdad de las partes y el derecho a la tutela judicial efectiva, se ordena la Publicación de un cartel de emplazamiento dirigido a todas aquellas personas que se crean con derecho sobre el fundo objeto de la presente solicitud, para que comparezcan ante este Tribunal al décimo quinto día de despacho siguiente a la consignación en autos del precitado cartel, de conformidad con lo previsto en los artículos 7 y 900 del Código de Procedimiento Civil, el cual se ordena publicar en el “Diario De Los Llanos” de esta localidad..

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por secretaría de conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil y a los fines de los Ordinales 3° y 9° del artículo 92 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en Barinas a los diecisiete (29) días del mes de Enero de 2018.

El Juez Suplente,
PEDRO ADONAY SIMANCAS OCHOA

La Secretaria

JENNIE SALVADOR PRATO.


En la misma fecha, siendo las Diez de la mañana (10:00 am.) se publicó y registro la anterior decisión. Conste.


La Secretaria
JENNIE SALVADOR PRATO.


Sol. Nº 354-18.-
PASO/jsp/aq.