REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

Barinas, 28 de Febrero de 2018
207° y 158°
Vista la solicitud de Medida Cautelar De Protección Agroalimentaria presentada el 14/02/2018 presentado por el ciudadano ALBARINO ROSALES RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.236.450, asistido por la abogada Yudith Elena Díaz Méndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 147.443; en consecuencia ADMITE a sustanciación la pretensión de MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA por no ser contraria a derecho, ni al orden público ni a las buenas costumbres. Ahora bien, a los fines de constatar los hechos y afirmaciones en que el solicitante fundamenta su pretensión, se estima necesario realizar una Inspección Judicial sobre la producción desarrollada en el Fundo “El Progreso”, ubicado en el sector “Cascabel”, Parroquia Santa Lucia, Municipio Barinas del Estado Barinas, constante de una superficie de terreno de ciento treinta y dos hectáreas con cinco mil cuatrocientos cincuenta y nueve metros cuadrados (132 has con 5459m2); En consecuencia, se fija la práctica de la referida Inspección Judicial para el día Lunes 05 de Marzo de 2018, a las 9:00 a:m; para lo cual se ordena oficiar a la Comandancia de la Policía del Estado Barinas a los fines de que designen dos (02) funcionarios para custodiar al tribunal en dicha inspección.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por secretaría de conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil y a los fines de los Ordinales 3° y 9° del artículo 92 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en Barinas a los 28 días del mes de Febrero de 2018.
El Juez Suplente,
PEDRO ADONAY SIMANCAS OCHOA
La Secretaria
JENNIE SALVADOR
En la misma fecha, siendo las once y veinte de la mañana (11:20 am.) se publicó y registro la anterior decisión. Conste.


La Secretaria
JENNIE SALVADOR

PASO/JS/vv
Exp. Nº JA1B-5.611-18