REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 05 de Febrero de 2018
207° y 158°
Vista la solicitud de Justificativo de Perpetua Memoria (Título Supletorio), interpuesta por la ciudadana Aldo José Rivas Torres, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-13.682.934, asistido por el abogado José Tobías González, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-10.562.339, inscrito en el impreabogado bajo el Nº 242.300, mediante la cual solicita Título Suficiente de Propiedad sobre unas bienhechurias fomentadas en una parcela de terreno, perteneciente al Instituto Nacional de Tierra, Ubicadas en el Sector “Curito Maporital”, parroquia “La Luz”, Municipio Obispo del Estado Barinas, cuyos linderos son: Norte: Terrenos ocupados por José Singer y Arelis Rivas; Sur: Terrenos ocupados por Teodoro Ricardo y Migdalia Gómez; Este: Terrenos ocupados por Arelis Rivas y Migdalia Gómez y Oeste: Terrenos ocupados por Teodoro Ricardo, con una superficie total de Cuarenta Hectáreas Con Siete Mil Seiscientos Noventa y Dos Metros Cuadrados (40 Has con 7692 m2). Este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, ADMITE: la solicitud de Justificativo de Perpetua Memoria (Título Supletorio); y a los fines de constatar los hechos y afirmaciones en que fundamentan la presente solicitud estima necesario realizar Inspección Judicial. En consecuencia, se fija para el día Jueves 22 de Marzo de 2.018, a las ocho treinta de la mañana (08:30 p.m.), la práctica de la referida Inspección Judicial. Asimismo en aras de procurar la estabilidad en la presente solicitud y a los fines de mantener el correcto desenvolvimiento del proceso con las debidas garantías, los principios constitucionales consagradores del derecho a la defensa, del debido proceso, de igualdad de las partes y el derecho a la tutela judicial efectiva, se ordena la Publicación de un cartel de emplazamiento dirigido a todas aquellas personas que se crean con derecho sobre el fundo objeto de la presente solicitud, para que comparezcan ante este Tribunal al décimo quinto día de despacho siguiente a la consignación en autos del precitado cartel, de conformidad con lo previsto en los artículos 7 y 900 del Código de Procedimiento Civil, el cual se ordena publicar en el “Diario De Los Llanos” de esta localidad..
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por secretaría de conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil y a los fines de los Ordinales 3° y 9° del artículo 92 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en Barinas a los cinco (05) días del mes de Febrero de 2018.
El Juez Suplente,
PEDRO ADONAY SIMANCAS OCHOA
La Secretaria
JENNIE SALVADOR PRATO.
En la misma fecha, siendo las Diez de la mañana (10:00 am.) se publicó y registro la anterior decisión. Conste.
La Secretaria
JENNIE SALVADOR PRATO.
Sol. Nº 352-18.-
PASO/jsp/aq.
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