REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

Barinas, 19 de Julio de 2018
207° y 158°
Vista la solicitud de Justificativo de Perpetua Memoria (Título Supletorio), interpuesta por el ciudadano Luis Arturo Manzilla, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.146.752, actuando con el carácter de presidente de la Sociedad Mercantil Agropecuaria Hermanos Manzilla, C.A. debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, de fecha 29 de abril de 2004, bajo el Nº 03, tomo 5-A, mediante la cual solicita Título Suficiente de Propiedad sobre unas bienhechurias fomentadas en una parcela de terreno, perteneciente al Instituto Nacional de Tierra, Ubicada en la jurisdicción de la parroquia San Silvestre, Municipio Barinas, Estado Barinas, cuyos linderos son: Norte: Una cuerda tirada de Bejucal donde se haya matapalo, linea recta denominado “Morador”; Sur: de esta mata (camoruco) a los ranchos de las viejas, todo lo cual tiene una extensión aproximada de media legua; Este: Con una linea recta o sea el oriente, una linea recta del punto descrito anteriormente a la mata llamada “Camoruco del Morador” y Oeste: el Caño del bejucal, principiando en el sitio denominado “Rancho de las Viejas”, aguas arriba hacia el paso donde se encuentra el matapalo, con una superficie total de Setecientas Ochenta y Dos Hectáreas con Seis Metros Cuadrados (782 Ha con 06 m2). Este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, ADMITE: la solicitud de Justificativo de Perpetua Memoria (Título Supletorio); y a los fines de constatar los hechos y afirmaciones en que fundamentan la presente solicitud estima necesario realizar Inspección Judicial. En consecuencia, se fija para el día Viernes 20 de Julio de 2.018, a las ocho y treinta de la mañana (08:30 a.m.), la práctica de la referida Inspección Judicial. Asimismo en aras de procurar la estabilidad en la presente solicitud y a los fines de mantener el correcto desenvolvimiento del proceso con las debidas garantías, los principios constitucionales consagradores del derecho a la defensa, del debido proceso, de igualdad de las partes y el derecho a la tutela judicial efectiva, se ordena la Publicación de un cartel de emplazamiento dirigido a todas aquellas personas que se crean con derecho sobre el fundo objeto de la presente solicitud, para que comparezcan ante este Tribunal al décimo quinto día de despacho siguiente a la consignación en autos del precitado cartel, de conformidad con lo previsto en los artículos 7 y 900 del Código de Procedimiento Civil, el cual se ordena publicar en el “Diario De Los Llanos” de esta localidad..

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por secretaría de conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil y a los fines de los Ordinales 3° y 9° del artículo 92 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en Barinas a los diecisiete (29) días del mes de Enero de 2018.

El Juez
LEONARDO JIMENEZ MALDONADO

El Secretario Accidental
ANDERSON VALBUENA
En la misma fecha, siendo las Diez de la mañana (10:00 am.) se publicó y registro la anterior decisión. Conste.


El Secretario Accidental
ANDERSON VALBUENA

Sol. Nº 439-18.-
LJM/AV/bervecia.