REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.

Barrancas, 04 de Julio del 2.018
207° y 159°
Exp. N° 303-18.

Vista la demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, presentada por el ciudadano: LUCIANO BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros V-4.244.103, domiciliado en el sector Masparro La Tubería, Parroquia Sabaneta, Municipio Alberto Arvelo Torrealba del Estado Barinas, asistido por el abogado en ejercicio: OSMAR CUEVAS CAMACHO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 32.682, donde solicita el RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, otorgado por JOSE CEFERINO QUEVEDO LOZANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.555.447, con domicilio en el sector Almadillo, Municipio Obispos del Estado Barinas,en unas mejoras y bienhechurías consistentes en deforestación, mecanización, cercas perimetrales de alambres de púas y estantillos de madera, árboles frutales, el cual se encuentra apto para la agricultura y ganadería, fomentadas sobre un superficie de terreno aproximadamente de DIECISIETE HECTAREAS CON DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS (17 Has con 2.862/mts2) propiedad del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (I.N.T.I) ubicado en el Sector Masparro La Tubería, Parroquia Sabaneta del Alberto Arvelo Torrealba del Estado Barinas, dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con carretera Sabaneta-Obispos y mejoras de Vicente Torres; SUR: Con mejoras que son o fueron de Luciano Briceño; ESTE: Via Masparro Guafita y OESTE: Con que son o fueron de Modesto Ortiz
En fecha 25-06-2018, mediante auto se le dio entrada y el curso de Ley correspondiente.
En fecha 27-06-2018, mediante auto se admitió el presente expediente, y se libró boleta de Citación al ciudadano: JOSE CEFERINO QUEVEDO LOZANO
En fecha 29-06-2018, el alguacil consigno boleta de Citación debidamente firmadas por ciudadano: JOSE CEFERINO QUEVEDO LOZANO.
En fecha 29-06-2018, el ciudadano, JOSE CEFERINO QUEVEDO LOZANO, se hizo presente por ante este Despacho y juramentado manifestó reconozco el contenido y firma del documento privado.
A) Documento privado otorgado al ciudadano: LUCIANO BRICEÑO. Documentos públicos que se valoran conforme al Artículo 1.360 del Código de Procedimiento Civil. Y así se establece.
Este Tribunal observa que mediante diligencia recibida por ante este despacho por ciudadano: JOSE CEFERINO QUEVEDO LOZANO, reconoció el contenido y firma del documento privado otorgado a favor del ciudadano: LUCIANO BRICEÑO
Por cuanto se observa que no hubo oposición en este procedimiento, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con lo establecido en el Artículo 1364 de Código Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle al ciudadano: LUCIANO BRICEÑO, el reconocimiento del contenido y firma del documento privado que le viene dada conforme al Artículo anteriormente mencionado, quedando a salvo los derechos de terceros.
La Juez Temporal,

Abg. Yohana Valderrama
La Secretaria Temporal

Abg. Denisse Morillo

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se devuelve Conste.-
La Secretaria.

Abg. Denisse Morillo.





Exp. N° 303-18