REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA
DE LACIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barrancas, 09 de Julio de 2.018
207° y 159°
EXPEDIENTE:178-18.
SOLICITANTE:ARISTIDES LOPEZ.
MOTIVO: INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.
SENTENCIA: DEFINITIVA.
MATERIA:CIVIL.
Se inició el presente procedimiento en fecha:25-04-2018, mediante escrito presentado por el ciudadano: ARISTIDES LOPEZ, plenamente identificada en autos, debidamente asistido por la abogada en ejercicio ZENAID SHNEIDER RODRIGUEZ AZUAJE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 232.399, mediante la cual solicita la INSERCIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, en virtud de que la INSERCIÓN por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas, no fue asentada en su oportunidad en los Libros de Registro Civil de Nacimientos, durante los años 1928-1938, respectivamente, alegando que el día 31 de Agosto 1932, ocurrió su nacimiento en el Municipio Camacaro (Rio Tocuyo) del Estado Lara, que su madre es la ciudadana: OLIMPIA LOPEZ, venezolana, mayor de edad, es por ello que solicito la inserción de su partida de nacimiento de conformidad con los artículos 458 y 505 del Código Civil, que se ordene la Inserción de su partida de nacimiento.-
Fue recibida en fecha: 26-04-2.018, la presente solicitud por Distribución proveniente del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, dándosele entrada y el curso de Ley correspondiente por ante este Tribunal cúmplase.
Fue Admitida en fecha: 30-04-2018, la presente solicitud de Inserción de Partida de Nacimiento, por no ser contraria al orden público y alguna disposición de Ley, se ordenó librar Cartel de Emplazamiento de conformidad con el artículo 770 y 131 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 507 del Código Civil Venezolano Vigente.
En fecha: 23-05-2018, mediante diligencia, presentada por la solicitante, debidamente asistida en autos, retira conforme Cartel de Emplazamiento para su publicación correspondiente, inserta en el folio catorce (14) de la presente solicitud de Inserción.
En fecha: primero (01) de Junio del año 2018, mediante diligencia, presentada por la solicitante, debidamente asistida en autos, consigna Cartel de Emplazamiento debidamente Publicado en el “Diario de los Llanos” inserta en el folio once (15) de la presente solicitud.
En fecha: catorce (14) de Junio del 2.018, mediante diligencia alguacil consigno boleta de citación debidamente firmada por la Fiscal Séptima del Ministerio Publico del Estado Barinas.
Hecha la narrativa en los términos expuestos, este Tribunal pasa a sentenciar con base a las consideraciones siguientes:
el ciudadano: ARISTIDES LOPEZ, sin cédula de identidad, solicito la INSERCIÓN de mi acta de nacimiento, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas, no fue asentada en su oportunidad en los Libros de Registro Civil de Nacimientos, durante los años (1928-1938), respectivamente, alegando que el día 31-08-1932, ocurrió su nacimiento en el Municipio Camacaro (Rio Tocuyo) del Estado Lara, que su madre es la ciudadana: OLIMPIA LOPEZ, lo que hace necesario el análisis de las pruebas contenidas a fin de demostrar o no la acción planteada.
Consigno como medios probatorios:
- Justificativo promovido por Arístides López, de fecha 21-02-1978.
- Fe de Bautismo de fecha 18-18-08-1952.ç
- Constancia de Residencia emitida por el Consejo Comunal 12 de Octubre.
- Referencia Personal emitida por el Consejo Comunal 12 de Octubre.
Observa esta juzgadora que se trata de documentos públicos emanados de un funcionario público, facultado para darle fe pública, documentos que se valoran de conformidad con lo establecido en el artículo 1.360 del Código Civil.
Del análisis que se ha hecho ha quedado demostrado la existencia del error cometido y alegado, siendo procedente la INSERCION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, a que se contrae este procedimiento, por cumplirse los extremos de Ley.- ASÍ SE DECIDE.-
D I S P O S I T I V A:
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, solicitud de la acción de INSERCION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, del ciudadano: ARISTIDES LOPEZ, quien nació el día 31-08-1932, en el Municipio Camacaro (Rio Tocuyo) del Estado Lara,que su madre es la ciudadana: OLIMPIA LOPEZ. En consecuencia; se ordena oficiar al Registro Civil del Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas, anexándole copia certificada de la decisión a los fines de su inserción en los Libros de Registro Civil de Nacimientos Respectivo, una vez dictado el auto definitivamente firme de la sentencia para su ejecución remítase las copias certificadas correspondientes.- Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en los copiadores del archivo de este Tribunal, ASI SE DECIDE Y CUMPLASE.-
Dado, firmado, sellado y refrendado, en la sala del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos, Cruz Paredes y Alberto Arvelo Torrealba de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. En Barrancas, a los nueve (09) días del mes de Julio del año dos mil dieciocho (2018). AÑOS: 207º y 159º.
La Juez,
Abg. Yohana Valderrama.
La Secretaria;
Abg. Denisse Morillo.
Seguidamente se publicó la presente sentencia siendo las 9:00 de la mañana. Conste,
La Secretaria;
Abg. Denisse Morillo.
SolNº178-18
MEBB/yyvm.
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