REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil del Municipio Barinas
Barinas, seis de marzo de dos mil dieciocho
207º y 159º

ASUNTO : EP21-S-2018-000006

Vistas las anteriores actuaciones contentivas de la solicitud de declaración de únicos universales herederos, presentada por el ciudadano David Moisés Monsanto Hernández, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 25.645.794, asistido por el abogado en ejercicio Julio César Marenco Camero, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 58.235, mediante la cual solicita sea declarada su persona y los ciudadanos Oriana Paola Monsanto González y Jilibeth Joangel Monsanto Leal, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 18.839.746 y 20.867.756 en su orden, como únicos y universales herederos del de-cujus José Ángel Monsanto Bellorin, quien fuese venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.132.018, fallecido en fecha 30/06/2017, en el Instituto Diagnóstico Varyná C.A, de esta ciudad de Barinas, a consecuencia de Politraumatismo, Disstres Respiratorio Severo, SOC Hipovolémico Grado IV; este Tribunal a los fines de emitir el respectivo pronunciamiento, procede a examinar lo siguiente:

En relación a las documentales cursantes a los autos, referentes a:

• Copia certificada de acta de defunción del de-cujus José Ángel Monsanto Bellorin, asentada por ante el Registro Civil Municipal de Barinas, Estado Barinas, en fecha 30/06/2017, bajo el Nº 040, inserta al folio 3.
• Copia certificada del acta de nacimiento de la ciudadana Oriana Paola Monsanto González, asentada por ante la Prefectura de la Parroquia El Carmen del Municipio Barinas del Estado Barinas, en fecha 21/02/1991, bajo el Nº 259, inserta al folio 4.
• Copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano Jilibeth Joangel Monsanto Leal, asentada por ante el Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Barinas, en fecha 07/12/1993, bajo el Nº 837, inserta al folio 6.
• Copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano David Moisés Monsanto Hernández, asentada por ante la Prefectura de la Parroquia Catedral del Municipio Barinas del Estado Barinas, en fecha 08/04/1997, bajo el Nº 86, inserta al folio 8.
• Copia certificada de sentencia de divorcio definitivamente firme, dictada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 03/06/2002, con motivo de la separación de cuerpos y bienes (conversión en divorcio) presentada por los ciudadanos José Ángel Monsanto Bellorin Y Fina Helandiz Hernández Vielma, y expedidas por ese órgano jurisdiccional, en fecha 18/06/2012.

En cuanto a las documentales que preceden, quien aquí juzga, le concede pleno valor probatorio, para comprobar sus contenidos como documentos públicos, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1.357, 1.359, 1.360 del Código Civil y 429 del Código de Procedimiento Civil, dado que permiten verificar el parentesco existente entre los ciudadanos David Moisés Monsanto Hernández, Oriana Paola Monsanto González y Jilibeth Joangel Monsanto Leal, y el de-cujus José Ángel Monsanto Bellorin.

• Copias simples de las cédulas de identidad de los ciudadanos Oriana Paola Monsanto González, Jilibeth Joangel Monsanto Leal, David Moisés Monsanto Hernández, y del de-cujus José Ángel Monsanto Bellorin, cursantes a los folios 5, 7, 9 y 37 en su orden.

En relación a las documentales supra descritas, se les concede pleno valor probatorio, por ser éstos documentos, la principal identificación de las personas naturales dentro de nuestro país, conforme con lo preceptuado en el artículo 16 de la Ley Orgánica de Identificación.

De igual manera, rindieron su declaración por ante este Despacho los ciudadanos Rafael Neptali Núñez y Carlos Luís Sánchez, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. 9.266.491 y 8.140.663, respectivamente, quienes manifestaron conocer de vista, trato y comunicación a los ciudadanos David Moisés Monsanto Hernández, Oriana Paola Monsanto González y Jilibeth Joangel Monsanto Leal, e igualmente conocieron al de-cujus José Ángel Monsanto Bellorin, y por tales razones les consta que los ciudadanos David Moisés Monsanto Hernández, Oriana Paola Monsanto González y Jilibeth Joangel Monsanto Leal, son los únicos y universales herederos del prenombrado de-cujus José Ángel Monsanto Bellorin, por ser su padre, quien no tuvo más descendientes.

Respecto a las deposiciones rendidas por los testigos que preceden, este órgano jurisdiccional, les concede pleno valor probatorio por haber manifestado conocimiento sobre los particulares interrogados, relacionados con los hechos expuestos en la presente solicitud, además de ser contestes en sus dichos, de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.

En consecuencia, quien aquí decide considera que con el material probatorio que integra estas actas procesales, ya analizado y valorado, se encuentra plenamente demostrado el parentesco existente entre los ciudadanos David Moisés Monsanto Hernández, Oriana Paola Monsanto González y Jilibeth Joangel Monsanto Leal, y el de-cujus José Ángel Monsanto Bellorin, aunado a ello, dentro del lapso legal no compareció tercero interesado en el presente asunto, conforme a lo dispuesto en el cartel de emplazamiento librado y publicado al efecto, en el “Diario Los Llanos” de este localidad, en fecha 31/01/2018 e inserto al folio 33; razón por la cual este Tribunal Primero del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808 y 822 y siguientes del Código Civil, en concordancia con el articulo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus José Ángel Monsanto Bellorin, a los ciudadanos David Moisés Monsanto Hernández, Oriana Paola Monsanto González y Jilibeth Joangel Monsanto Leal, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 25.645.794, 18.839.746 y 20.867.756 en su orden, en su condición de hijos. Se dejan a salvo los derechos de terceros.

La Jueza,


Abg. Rosaura Mendoza Flores
La Secretaria,


Abg. Dayana Mallarino.