REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN LOS ANDES
Barinas, 04 de Mayo de 2018
208º y 159º
EXPEDIENTE Nº 8556-11
Celebrada como ha sido la audiencia definitiva, en fecha nueve (09) de mayo de dos mil catorce (2014) y fijada la publicación del dispositivo del fallo dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a la misma, de conformidad con lo establecido en el Segundo Aparte del articulo 107 de la Ley del Estatuto de la Función Pública; este Órgano Jurisdiccional procede a dictar el dispositivo del fallo en los siguientes términos: “…en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoado por el ciudadano, ROBERTO ENRIQUE BOZZI PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.983.408, asistido por el abogado Mac Douglas García Salazar, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.176.412, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nº 83.027, contra EL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA (SERVICIO AUTONOMO DE REGISTRO Y NOTARIAS). y de conformidad con el artículo 108 de la Ley del Estatuto de la Función Pública tendrá lugar la publicación del texto íntegro de la sentencia dentro de los Diez (10) Días de Despacho siguientes a la publicación en autos del presente dispositivo del fallo. Cúmplase.
LA JUEZ PROVISORIA,
DRA. MORALBA HERRERA
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG. ANDREINA PAREDES
Exp. Nº 8556-11.-
MH/ap/rdgn/.-
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